BENITO JUÁREZ, 11 DE SEPTIEMBRE DE 1992.-
RESOLUCIÓN DEL H.C.D. Nº 43/92.-
VISTO LO ACTUADO EN LA SESIÓN ORDINARIA QUE ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE CELEBRARA EL DÍA 10 DE SEPTIEMBRE DE 1992, EN LA CUAL SE PUSO A CONSIDERACIÓN EL PROYECTO DE RESOLUCIÓN, QUE REFERIDO AL SANEAMIENTO DEL CANAL ARTIGAS-DORREGO, FUERA PRESENTADO POR EL BLOQUE DE LA UNIDAD SOCIALISTA.
CONSIDERANDO QUE EL MENCIONADO PROYECTO FUE APROBADO POR UNANIMIDAD.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BENITO JUÁREZ, EN USO DE SUS FACULTADES:
RESUELVE
ARTÍCULO 1º: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE RESUELVE DIRIGIRSE AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO A LOS EFECTOS DE PREVER LOS AHORROS PRESUPUESTARIOS A LA PARTICIPACIÓN PROVINCIAL EN EL MARCO DE LOS PRESUPUESTOS PARA ACCIÓN SANITARIA DE PREVENCIÓN DE CONTAMINACIONES POR EFLUENTES PARA REALIZAR UN MANTENIMIENTO DE MALEZAS, LIMPIEZA DE ANIMALES MUERTOS, DESRATIZACIÓN Y FUMIGACIÓN DEL CANAL ARTIGAS- DORREGO EN SUS FRENTES POBLADOS
ARTÍCULO 2º: CONCORDANTEMENTE REALIZAR UNA CAMPAÑA DE CONCIENTIZACIÓN A NIVEL DE COMISIONES VECINALES PARA LOGRAR EL APOYO DE LOS VECINOS Y EVITAR LOS VICIOS DE COSTUMBRES EN CUANTO AL USO DEL CANAL COMO FUENTE DE DESPERDICIOS.
ARTÍCULO 3º: EN UNA ETAPA POSTERIOR EMPRENDER UNA ACCIÓN PUNITIVA DESTINADA A ERRADICAR DEFINITIVAMENTE VICIOS QUE COMPROMETAN EL ESTADO DEL CANAL.
ARTÍCULO 4º: EN FORMA COMPLEMENTARIA INTERESAR A LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN; CENTROS DE ESTUDIANTES SECUNDARIOS, ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS, PROFESIONALES DE LA ARQUITECTURA E INGENIERÍA CIVIL Y DE LA SANIDAD A LOS EFECTOS DE DIFUNDIR QUÉ FUNCIÓN CUMPLE EL CANAL Y LA NECESIDAD DE SU USO ADECUADO PARA EVITAR LA OBSTRUCCIÓN DE LOS DESAGÜES Y PERMITIR SU CONSERVACIÓN DENTRO DE LÍMITES RACIONALES.
ARTÍCULO 5º: DE FORMA
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