ORDENANZA MUNICIPAL Nº 5267/2018
VISTO QUE EN EL FALLO DEL HONORABLE TRIBUNAL DE CUENTAS, CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2016, EN EL CONSIDERANDO SEGUNDO, APARTADO 10; QUE TRATA EL TEMA DEL CUMPLIMIENTO DE LA ORDENANZA MUNICIPAL Nº 4081, DONDE MANIFIESTA LA AUSENCIA DE LAS CONSTANCIAS DE LAS PRESENTACIONES DE LAS DECLARACIONES JURADAS PATRIMONIALES ESTABLECIDAS EN LOS ARTÍCULOS 2 Y 8 DE LA ORDENANZA MENCIONADA.
QUE EN SU ARTÍCULO 2 DE LA ORDENANZA SE INDICAN LOS FUNCIONARIOS POLÍTICOS OBLIGADOS A REALIZAR LAS DECLARACIONES JURADAS PATRIMONIALES DE BIENES, ENTRE LOS QUE SE ENCUENTRAN LOS CONCEJALES MUNICIPALES.
QUE EN EL ARTÍCULO 8 DE LA MISMA INDICA QUE EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO PUBLICARÁ EN SU SITIO DE INTERNET LA NÓMINA DE LOS FUNCIONARIOS QUE HAN DADO CUMPLIMIENTO O NO A LA PRESENTACIÓN.
QUE EN EL CONSIDERANDO OCTAVO, QUE EN RAZÓN DE LOS INCUMPLIMIENTOS, TODOS LOS CONCEJALES DEBERÍAN RECIBIR UNA AMONESTACIÓN
QUE EL HONORABLE TRIBUNAL DE CUENTA EN SU SENTENCIA RESUELVE EN SU ARTÍCULO QUINTO, APLICAR UNA AMONESTACIÓN A LOS 14 CONCEJALES QUE NOS ENCONTRÁBAMOS EN ESE PERÍODO.
CONSIDERANDO QUE HABIENDO PRESENTADO LAS DECLARACIONES JURADAS LA MAYORÍA DE LOS CONCEJALES, LAS CUALES NO FUERON PUBLICADAS POR EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO EN SU SITIO DE INTERNET, LA CUAL ES AJENA A NUESTRAS ATRIBUCIONES.
Y PARA EVITAR AL CUERPO RECIBIR SANCIONES POR PARTE DEL HONORABLE TRIBUNAL DE CUENTAS POR FALTA DE PUBLICACIÓN DE LAS DECLARACIONES JURADAS PATRIMONIALES.-
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUAREZ EN USO DE SUS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y:
O R D E N A
ARTÍCULO 1º: MODIFÍQUESE EL ARTÍCULO 8º DE LA ORDENANZA MUNICIPAL Nº 4081/2008 QUE QUEDARÁ REDACTADO DE LA SIGUIENTE FORMA:
ARTÍCULO 8º: EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO PUBLICARÁ EN SU SITIO EN INTERNET, LA NÓMINA DE FUNCIONARIOS DEPENDIENTES DE ÉSTE QUE HAN DADO CUMPLIMIENTO A SUS DECLARACIONES JURADAS EN LOS TÉRMINOS DE LA PRESENTE ORDENANZA, ASÍ COMO TAMBIÉN LA DE AQUELLOS FUNCIONARIOS INCUMPLIDORES DE LA MISMA.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE PUBLICARÁ EN SU SITIO EN INTERNET, LA NÓMINA DE LOS CONCEJALES MUNICIPALES QUE HAN DADO CUMPLIMIENTO A SUS DECLARACIONES JURADAS EN LOS TÉRMINOS DE LA PRESENTE ORDENANZA, ASÍ COMO TAMBIÉN LA DE AQUELLOS CONCEJALES INCUMPLIDORES DE LA MISMA.
LAS NÓMINAS REFERIDAS, DEBERÁN CONTENER EL NOMBRE COMPLETO, CARGO Y FECHA EN LA QUE EL FUNCIONARIO O CONCEJAL SE ENCONTRARE OBLIGADO A EFECTUAR SU DECLARACIÓN, CONSIGNANDO EN FORMA CLARA Y PRECISA SI HA DADO O NO CUMPLIMIENTO CON LA MISMA.
ARTÍCULO 2º: COMUNIQUESE AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DOCE DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO.-
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