ORDENANZA MUNICIPAL N° 2753/97
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUAREZ, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y
ORDENA
ARTICULO 1°.- MODIFICASE EL ARTICULO 22 DE LA ORDENANZA MUNICIPAL N° 2656, QUEDANDO REDACTADO DE LA SIGUIENTE FORMA:
ARTICULO 2°- FIJASE LA TASA POR RECARGOS POR PAGO FUERA DE TERMINO DE LOS TRIBUTOS MUNICIPALES QUE IMPONE EL ARTICULO 282 DE LA ORDENANZA FISCAL, EN EL DOS POR CIENTO (2%) MENSUAL.
NO OBSTANTE, LO ANTERIOR, CUANDO LOS CONTRIBUYENTES DEUDORES SE PRESENTEN VOLUNTARIAMENTE A REGULARIZAR SÜ SITUACION, LOS RECARGOS LIQUIDADOS SE REDUCIRAN EN UN CINCUENTA POR CIENTO (50%).
ARTICULO 2°.- LO DISPUESTO EN EL ARTICULO ANTERIOR TENDRA APLICACION PARA EL CALCULO DE RECARGOS A PARTIR DEL DIA 1° DE OCTUBRE DE 1997 ,NO GENERANDO EN NINGUN CASO,CREDITOS A FAVOR DE
LOS CONTRIBUYENTES POR PAGOS YA EFECTUADOS HASTA DICHA FECHA.
ARTICULA 3°.-DE FORMA
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS ONCE DIAS DEL MES DE SETIEMBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE.
Recibí en tu correo nuestras Notificaciones