ORDENANZA MUNICIPAL COMPLEMENTARIA DE PRESUPUESTO DE GASTOS AÑO 1997 N° 2693
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUAREZ, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y
ORDENA
ARTICULO 1°: FIJASE EN LA SUMA DE PESOS DOSCIENTOS SESENTA Y UNO CON NOVENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 261,98) DE LOS AGENTES MUNICIPALES MAYORES DE DIECIOCHO AÑOS (18) DE EDAD, COMPLETO DE LA ADMINISTRACION MUNICIPAL.
ARTICULO 2°: FIJASE EL VALOR DE MODULO DE LA SUMA DE PESOS CINCO CON SESENTA CENTAVOS ($ 5,60).
ARTICULO 3°: EL AGENTE QUE DEBA CUMPLIR LABORES EXTRAORDINARIAS FUERA DEL HORARIO NORMAL, SERA RETRIBUIDO POR HORA EN FUNCION DIRECTA DEL SUELDO DE ACUERDO A LO DISPUESTO POR EL ARTICULO 19° INCISO a) DE LA LEY 11757. CUANDO SU FUNCION LO REQUIERA, CUMPLIRA JORNADAS DE 36, 40 Y 48 HORAS Y EL VALOR DEL MODULO SERA DE $ 6,20, $ 6,89 Y $ 8,27 RESPECTIVAMENTE.
ARTICULO 4°: EL PERSONAL GOZARA DE UNA BONIFICACION PRO ANTIGÜEDAD POR CADA AÑO DE SERVICIO PRESTADO EN LA ADMINISTRACION PUBLICA, NACIONAL, PROVINCIAL Y/O MUNICIPAL, QUE SE FIJARA EN EL 1% PARA TODAS LAS CATEGORIAS.
ARTICULO 5°: EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO PODRA BLOQUEAR LOS TITULOS DE LOS AGENTES MUNICIPALES
PARA SU LIBRE ACTIVIDAD PRFESIONAL, CUANDO LA FUNCION MUNICIPAL ESTE RELACIONADA CON DICHA ACTIVIDAD, REGLAMENTANDO EN CADA CASO, EL PORCENTAJE DE LA BONIFICAION A OTORGAR SEGÚN LO DISPONE EL ART. 19° INCISO g) DE LA LEY 11757.
ARTICULO 6°: AUTORIZASENAL DEPARTAMENTO EJECUTIVO A OTORGAR DOSCIENTAS CUARENTA Y CUATRO (244) PENSIONES GRACIABLES DE PESOS SETENTA ($ 70) CADA UNA.
ARTICULO 7°: AUTORIZASE AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO A OTORGAR LAS SIGUIENTES BECAS A ESTUDIANTES:
33 BECAS UNIVERSITARIAS DE $ 150. C/U POR 12 MESES
11 BECAS TERCIARIAS DE $ 50 C/U POR 10 MESES
13 BECAS TERCIARIAS DE $ 150 C/U PRO 12 MESES
28 BECAS SECUNDARIAS, CUYOS IMPORTES SE ESTABLECERAN DE ACUERDO CON EL VALOR DE LOS PASAJES DE: BARKER-JUAREZ, BARKER-VILLA CACIQUE Y TEDIN URIBURU-JUAREZ.
ARTICULO 8°: DISPONESE LA RETRIBUCION PARA LAS GUARDIAS MEDICAS ACTIVAS, LAS QUE SERAN DE PESOS CIENTO CUARENTA Y CUATRO ($144) PARA 24 HORAS Y DE PESOS CIENTO CINCUENTA Y SEIS ($ 156) PARA 44 HORAS. ESTABLECESE PARA EL PERSONAL NO MEDICO LA RETRIBUCION DE PESOS DIEZ Y SIETE CON SETENTA Y SEIS CENTAVOS ($ 17,76) PARA LAS 8 HORAS.
ARTICULO 9°: LOS GASTOS DE REPRESENTACION DEL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL SERAN DE PESOS OCHOCIENTOS OCHENTA Y OCHO CON OCHENTA CENTAVOS ($ 888,80).
ARTICULO 10°: LOS SALDOS QUE ARROJEN EN CADA EJERCICIO LAS CUENTAS DE RECURSOSAFECTADOS SERAN TRANFERIDOS AL EJERCICIO SIGUIENTE, INCORPORANDOLOS AL CALCULO DE RECURSOS POR DECRETO DEL DEPARTAMENTO EJECUTIVO. CORRELATIVAMENTE SE AMPLIARÁ EL PRESUPUESTO DE GASTOS REFORZANDO REDITOS DE CUENTAS EXISTENTES E INCORPORANDO CONCEPTOS NO PREVISTO. EN AMBOS CASOS, SE RESPETARÁ EL DESTINO A QUE DEBAN SER APLICADOS LOS FONDOS EN CUESTION.
ARTICULO 11°: AUTORIZASE AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO A REGIRSE CON LOS NOMENCLADORES DE RECURSOS Y EROGACIONES QUE DISPONE LA ORDENANZA GENERAL N° 237/78.
ARTICULO 12°: AUTORIZASE AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO A FIJAR EL CALENDARIO DE VENCIMIENTOS IMPOSITIVOS.
ARTICULO 13°: AUTORIZASE AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO A COMPROMETER FONDOS DE MAS DE UN EJERCICIO PARA APRTICIPAR, CON EL OBJETO DE ADQUIRIR VEHICULOS Y/O MAQUINARIAS.
ARTICULO 14°: DE FORMA.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS TREINTA DIAS DEL MES DE ENERO DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE.
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