Ordenanza Nro: 3048

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 3048/2000.-
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EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUAREZ EN USO DE SUS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y:

O R D E N A
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TITULO 1.-MORATORIA Y CONDONACION DE SANCIONES.-

ARTICULO 1º.- INSTAURASE POR 90 DIAS UN REGIMEN TRANSITORIO DE RE/GULARIZACION DE CONSTRUCCIONES CLANDESTINAS, CON CONDONACION DE SANCIONES CUYO ACOGIMIENTO Y DEMAS CONDICIONES, SE REGIRAN POR LA PRESENTE ORDENANZA.——————————————-
ARTICULO 2º.- CONDONACION DE SANCIONES: ——————– A)CONDONANSE HASTA UN 80% LAS MULTAS, RECARGOS E INTERESES DERIVADOS DE LOS DERECHOS DE CONSTRUCCION Y/O PERMISOS DE OBRAS, OMITIDO PARA TODOS LOS CONTRIBUYENTES Y/O RESPONSABLES QUE SE PRESENTE ES PONTANEAMENTE A REGULARIZAR SUS SITUACION DENTRO DE LOS PLAZOS Y CONDICIONES DISPUESTAS POR LA PRESENTE ORDENANZA.————————————————————————————————————————–B)LOS CONTRIBUYENTES Y/O RESPONSABLES QUE HALLAN PERDIDO SU CONDICION DE «ESPONTANEIDAD » POR ESTAR PENDIENTE DE PAGO LIQUIDACION DE DERECHOS EFECTUADOS CON ANTERIORIDAD A LA VIGENCIA DE LA PRESENTE,PODRAN ACOGERSE AL PRESENTE REGIMEN ABONANDO EL DERECHO CORRESPONDIENTE CON UNA QUITA DEL 50% SOBRE LA MULTA LIQUIDADA,SIN RECARGOS O INTERESES POR MORA.—————————————–

ARTICULO 3º.-SITUACIONES COMPRENDIDAS:
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A) PODRAN REGULARIZARSE OBRAS NUEVAS, AMPLIACIONES O MODIFICACIONES EXISTENTES, QUE HALLAN SIDO EJECUTADAS SIN PLANOS Y/O PERMISO MUNICIPAL.————————————–
B) LAS MODIFICACIONES DE FRENTES REALIZADOS SIN PERMISO MUNICIPAL,TAMBIEN DEBERAN INCORPORARSE O DECLARARSE,PRESENTANDO EL PLANO RESPECTIVO.————————————–

ARTICULO 4º.-VIGENCIA:
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EL PRESENTE REGIMEN TENDRA VIGENCIA DESDE SU PROMULGACION Y HASTA PASADO LOS 90 DIAS POR EL CUAL SE CONSIDERARAN DECLARADAS E INCORPORADAS LAS OBRAS QUE CUMPLAN CON LAS CONDICIONES REGLAMENTADAS ENLOS ARTICULOS SIGUIENTES.—————–
ARTICULO 5º.- REQUISITOS:
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A) PRESENTAR LA CARPETA DE OBRA QUE EXIGE LA OFICINA DE OBRAS PARTICULARES, DE ACUERDO A LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 6º.————————————————————————-
B) ABONAR EL DERECHO CORRESPONDIENTE DE ACUERDO A LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 7º.—
ARTICULO 6º.-PRESENTACION DE LA CARPETA DE OBRA:
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A)DEBERA PRESENTARSE LA CARPETA DE OBRA COMPLETA QUE EXIGE LA OFICINA DE OBRAS PARTICULARES, QUE CONSTARA DE PLANOS Y PLANILLAS DE CATEGORIZACION,DEBIDAMENTE FIRMADO POR EL PROPIETARIO O REPRESENTANTE LEGAL Y EL PROFESIONAL TECNICO HABILITADO.————————————————————————————————————————
B) PRESENTACION DE PLANOS: LOS QUE SE ACOGEN AL PRESENTE REGIMEN, PODRAN OPTAR POR DIFERIR LA PRESENTACION DE PLANOS HASTA EL ULTIMO DIA DE VIGENCIA DEL MISMO.EN ESTE CASO DEBERAN PRESENTAR UN CROQUIS DE LA OBRA QUE SE DECLARA, CONFECCIONANDO DE TAL MANERA QUE PERMITA LA LIQUIDACION DEL DERECHO CORRESPONDIENTE PARA LO CUAL,/
LAS OFICINAS DE OBRAS PARTICULARES Y CATASTRO DEBERAN PRESTAR EL ASESORAMIENTO NECESARIO.LA LIQUIDACION DE DERECHO EN ESTE CASO SERA » PROVISORIA»,Y SUJETA A LOS REAJUSTES QUE DEVINIERAN DE LA PRESENTACION DE PLANOS QUE SE HA DIFERIDO.LA OFICINA DE OBRAS PARTICULARES PODRA EFECTURA LAS INSPECCIONES Y CONTROLES QUE CONSIDEREN
NECESARIOS A EFECTOS DE VERIFICAR LA VEROSIMULITUD DE LO DECLARADO

ARTICULO 7º.-PAGO DE DERECHOS:
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A) LA OFICINA DE OBRAS PARTICULARES,PRACTICARA LA LIQUIDACION DE LOS DERECHOS CORRESPONDIENTES, DE ACUERDO A LA DECLARACION EFECTUADA POR EL RESPONSABLE O REPRESENTANTE LEGAL.ESTA SERA»DEFINITIVA»O»PROVISORIA» DE ACUERDO A LO PREVISTO EN EL ARTICULO 6º,DEBIENDO CONSTAR TAL CIRCUNSTANCIA EN EL FORMULARIO DE LIQUIDACION Y EN LA CARPETA DE OBRA.——————————————————————————–
B) LA LIQUIDACION DE DERECHO SERA CONFORMADA POR EL RESPONSABLE O REPRESENTANTE LEGAL Y PRESENTADA ANTE LA OFICINA DE IMPOSITIVA, QUIEN DEBERA EFECTUAR LA LIQUIDACION PAGO TENIENDO EN CUENTA LA FECHA EN LA CUAL SE EFECTUARA EL INGRESO DEL TOTAL DEL DERECHO O DEL 20% CORRESPONDIENTE AL ACOGIMIENTO DEL PLAN DE FACILIDADES DEL ART 8º,SEGUN EL SIGUIENTE ESQUEMA:
B1) PRESENTACION Y PAGO HASTA EL……….., POR SU IMPORTE NETO.——————————————–
B2) PRESENTACION Y PAGO HASTA EL………..; DERECHO LIQUIDADO MAS UN 20%.—————————
B3) PRESENTACION Y PAGO HASTA EL ……….; DERECHO LIQUIDADO MASUN 40%.—————————-

ARTICULO 8º.-FACILIDADES DE PAGO:
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EL CUMPLIMIENTO DEL REQUISITO DE INGRESO DEL DERECHO EN LOS PLAZOS DEL ARTICULO 7º, PODRA SER SATISFECHO MEDIANTE EL ACOGIMIENTO A UN PLAN DE FACILIDADES QUE SERA IMPLEMENTADO POR LA OFICINA DE IMPOSITIVA A SOLICITUD DEL RESPONSABLE, QUIEN CONSOLIDARA EL DERECHO LIQUIDADO POR OBRAS PARTICULARES, CON MAS LOS ADICIONES (20 O 40%)QUE PUDIERAN CORRESPONDER SEGUN LO PRESCRIPTO EN EL ARTICULO 7º.——
PLAN DE FACILIDADES:
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A) INGRESO AL CONTADO EN TESORERIA MUNICIPAL DEL 20% DEL TOTAL CONSOLIDADO.————
B) HASTA TRES (3)CUOTAS MENSUALES Y CONSECUTIVAS PARA EL 80% RESTANTE CON VENCIMIENTO A PARTIR DEL DIA 20 DEL MES SIGUIENTE AL ACOGIMIENTO, CON INTERES DE FINANCIACION DEL 1% MENSUAL SOBRE SALDO,SISTEMA FRANCES DE CUOTAS IGUALES, CON UN MONTO MINIMO POR CUOTA DE PESOS VEINTE($20) INCLUIDO INTERES.————————————–
CADUCIDAD:
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EL CUMPLIMIENTO DEL PLAN DE FACILIDADES OCASIONARA LA PERDIDA DE LOS BENEFICIOS DE LA PRESENTE ORDENANZA, DEBIENDO EN ESTE CASO, RECALCULARSE LA OBLIGACION CON MAS LAS MULTAS Y/O RECARGOS CONDONADOS.LOS PAGOS EFECTUADOS HASTA LA CADUCIDAD SERAN CONSIDERADOS COMO PAGO A CUENTA, SEGUN LAS DISPOSICIONES VIGENTES AL RESPECTO.LA CADUCIDAD DEL PLAN DE PAGOS SE PRODUCIRA POR LA ACUMULACION DE DOS
CUOTAS IMPAGAS, SIN NECESIDAD DE INTIMACION POR PARTE DE ESTE MUNICIPIO ABRIENDO LA VIA DE APREMIO PARA LA EJECUCION DEL COBRO PERTINENTE.————————————————-
TITULO II-EXCEPCIONES. ————————————- ARTICULO 9º.-VIVIENDAS ECONOMICAS———————————————————- EL PROPIETARIO DE VIVIENDA ECONOMICA UNICA Y DE USO FAMILIAR Y PERMANENTE PODRA INCORPORAR CONSTRUCCIONES CLANDESTINAS SEGUN LAS NORMAS SIGUIENTES:
A) SE CONSIDERARAN VIVIENDAS ECONOMICAS LAS CATEGORIAS D Y E DE LAS PLANILLAS DE REVALUO DE LA LEY 5738,Y QUE NO SUPEREN LOS SETENTA METROS CUADRADOS DE SUPERFICIE TOTAL CUBIERTA,INCLUYENDO LA SUPERFICIE QUE SÉ DECLARA.LA SUBSECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS PODRA EVALUAR Y CONSIDERAR PARA PODER ENCUADRAR DENTRO DE LAS EXCEPCIONES LOS CASOS QUE SUPEREN DICHA SUPERFICIE, TENIENDO EN CUENTA EL INFORME SOCIO-ECONOMICO,LA CATEGORIZACION Y ESTADO DE LA CONSTRUCCION.
B) EN NINGUN CASO, SE CONSIDERARAN VIVIENDAS ECONOMICAS A LOS EFECTOS DE LA PRESENTE ORDENANZA, AQUELLAS QUE CUENTEN CON PILETA DE NATACION O QUINCHO, O DOS BAÑOS INSTALADOS COMPLETOS,O HABITACIONES DE SERVICIOS Y/O LOCALES COMERCIALES.— C) TODOS LOS CASOS SERAN CONSIDERADOS INDIVIDUALMENTE Y CALIFICADOS PREVIO INFORME DE ACCION SOCIAL, TOMANDO COMO PRINCIPAL BASE DE EVALUACION EL INGRESO MENSUAL DEL GRUPO FAMILIAR.——————————————————————————————— D)DEBERA PRESENTARSE LA CARPETA DE OBRA, CON LA SOLICITUD DE CALIFICACION «VIVIENDA ECONOMICA»A LA OFICINA DE OBRAS PARTICULARES, QUIEN EFECTUARA LAS INSPECCIONES Y CONTROLES NECESARIOS PARA VERIFICAR LA VEROSIMILITUD DE LA DOCUMENTACION; LUEGO DE LAS EVALUACIONES TECNICAS, SOLICITARA INFORME DE ACCION SOCIAL. CON LOS ANTECEDENTES TECNICOS Y EL INFORME DE ACCION SOCIAL, SE DARA VISTA A LA SECRETARIA DE GOBIERNO, QUIEN DICTAMINARA SOBRE LA CALIFICACION. ——————— E)LA CALIFICACION DE VIVIENDA ECONOMICA,LIBERARA DEL PAGO DE LOSDERECHOS CORRESPONDIENTES,CON SUS MULTAS Y/O RECARGOS,DEBIENDO LA SUBSECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS, INSTRUMENTAR LOS MEDIOS PARA LA CONFECCION DE LOS PLANOS CORRESPONDIENTES POR INTERMEDIO DE LAS OFICINAS TECNICAS MUNICIPALES QUE CORRESPONDEN.——————————————————————————————————————– F) EN LA CARPETA DE OBRA SE DEJARÁ CONSTANCIA DE LAS CONTRAVENCIONES QUE EXISTIEREN EN LA OBRA. ——————————————————————————————————– G) PARA LAS VIVIENDAS CONSIDERADAS»PRECARIAS»(INFERIORES A LA CATEGORIA»E»), SOLAMENTE SE EXIGIRA LA PRESENTACION DEL CROQUIS CONFORMADO POR EL PROPIETARIO, SIN LIQUIDACION DE DERECHOS.————————————————————————- H) LAS VIVIENDAS O AMPLIACIONES CONSTRUIDAS MEDIANTE CREDITOS MUNICIPALES, SIEMPRE QUE LAS MISMAS NO EXCEDAN LA SUPERFICIE CUBIERTA DECLARADA AL MOMENTO DEL OTORGAMIENTO, GOZARAN DE LAS MISMAS FRANQUICIAS DISPUESTAS PARA LAS CALIFICADAS COMO «VIVIENDAS ECONOMICAS.——————————————————————————————

ARTICULO 10º.-COMUNIQUESE AL D.E. MUNICIPAL, INSÉRTESE EN EL LIBRODE ORDENANZAS DE ESTE H.C.D. CUMPLIDO ARCHÍVESE.——————————————————————————————- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BENITO JUAREZ, A LOS OCHO DIAS DEL MES DE JUNIO DE DOS MIL.——————————————-

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