Decreto Nro: 200022

DECRETO Nº 22/2000.-
ARTICULO 1º.- EL AGENTE INFANTINO GUSTAVO, LEGAJO PERSONAL 1994 DESEMPEÑARA LAS TAREAS DE JEFE DE DEPARTAMENTO DEL DIGESTO DEL H.C.D., ENCUADRÁNDOSE EN LA CATEGORIA 2-15-95-00- CON UN REGIMEN DE 48 HORAS SEMANALES. ESTE PERSONAL EXTENDERA SU PRESTACION EN LA MEDIDA QUE LAS NECESIDADES DEL SERVICIO LO REQUIERAN, NO SE AUTORIZARA LA PERCEPCION DE HORAS EXTRAS SIN LA PREVIA CONFORMIDAD FUNDADA POR EL PRESIDENTE DEL H.C.D., EN SU CARÁCTER DE ADMINISTRADOR. RESERVÁNDOLE EL CARGO DE ADMINISTRATIVO CATEGORIA 2-8-95-00. DE ACUERDO AL DECRETO 14/99 DEL H.C.D. DONDE EXPRESA LA ESTABILIDAD DE DICHO AGENTE COMO EMPLEADO DE ESTE H.C.D.————————–
ARTICULO 2º.- EL AGENTE ALVAREZ JUAN JOSE LEGAJO 1648 DESEMPEÑARA LAS TAREAS PERSONAL DE MAESTRANZA, ESTA PRESIDENCIA DE ACUERDO A LAS OPINIONES VERTIDAS POR LOS BLOQUES DE LOS DISTINTOS BLOQUE POLITICOS QUE HAN DEPOSITADO CONFIANZA EN EL ACCIONAR DEL MISMO, POR LO QUE SE RESUELVE ENCUADRARLO EN LA CATEGORIA 2-7-95-00- CON UN REGIMEN DE 48 HORAS SEMANALES. ESTE PERSONAL EXTENDERA SU PRESTACION EN LA MEDIDA QUE LAS NECESIDADES DEL SERVICIO LO REQUIERAN, NO SE AUTORIZARA LA PERCEPCION DE HORAS EXTRAS SIN LA PREVIA CONFORMIDAD FUNDAMENTADA POR EL PRESIDENTE DEL H.C.D., EN SU CARÁCTER DE ADMINISTRADOR. RESERVÁNDOLE SU ESTABILIDAD LABORAL AL CARGO 2-4-95-00.——————————————————————-
ARTICULO 3º.- A LOS ARTICULADOS PRECEDENTEMENTE SE LE DEBERA ANEXAR LAS BONIFICACIONES DE LEY, SIENDO RETROACTIVO AL 1º DE JULIO DEL CTE. AÑO.——————–
ARTICULO 4º.- LOS GASTOS QUE OCASIONEN LAS MODIFICACIONES PROPUESTAS EN LOS ARTICULOS ANTERIORES SERAN ADECUADAS PRESUPUESTARIAMENTE DE LA SIGUIENTE MANERA:
INCREMENTÁSE LAS PARTIDAS : PERSONAL ADMINISTRATIVO $ 2235
PERSONAL DE SERVICIO $ 1080
BONIF. ANTIGÜEDAD $ 765
S.A.C. $ 340
I.P.S. $ 530
I.O.M.A. $ 200
TOMÁNDOSE CREDITOS PRESUPUESTARIO DE LA PARTIDA DE HORAS EXTRAS.———————–
ARTICULO 5º: DE FORMA.——————————————————————————————–

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