Minuta Nro: 200902

MINUTA DE COMUNICACIÓN DEL H.C.D. Nº 01/2009.-
VISTO LA NOTA PRESENTADA POR LA ASOCIACIÓN DE PADRES DE PERSONAS DISCAPACITADAS EN LA CUAL REQUIEREN QUE EN BENITO JUAREZ SE CUMPLA CON EL PORCENTAJE O CUPO ESTABLECIDO EN LA LEY PROVINCIAL Nº 11215/92 DE ADJUDICACIÓN DE VIVIENDAS PARA PERSONAS DISCAPACITADAS, Y
CONSIDERANDO QUE ADEMÁS MANIFIESTAN QUE EL PEDIDO SE ORIGINA EN LA ORDENANZA MUNICIPAL Nº 4190/09 MEDIANTE LA CUAL SE APROBÓ LO REFERENTE AL PROGRAMA DE MEJORAMIENTO HABITACIONAL E INFRAESTRUCTURA BÁSICA II-PROMHIB II,
QUE NO OBSTANTE LO REQUERIDO ESTE H.C.D. YA SE HA EXPEDIDO AL RESPECTO CUANDO SE APROBARON LAS RESOLUCIONES Nº 38/96 Y Nº 53/2000
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUAREZ EN USO DE SUS FACULTADES ELEVA LA SIGUIENTE:
MINUTA DE COMUNICACIÓN:
ARTICULO 1º: SOLICITAR AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO QUE AL ADJUDICARSE LAS VIVIENDAS QUE SE PUEDAN CONSTRUIR EN BENITO JUAREZ SE CONTEMPLE LO ESTABLECIDO EN LA LEY PROVINCIAL Nº 11215/92, RESPECTO AL PORCENTAJE O CUPO PARA MUJERES JEFES DE FAMILIA, CON HIJOS MENORES DE 16 AÑOS Y/O DISCAPACITADOS A CARGO.-
ARTICULO 2º: COMUNÍQUESE AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DOCE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL NUEVE.-

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