MINUTA DE COMUNICACIÓN N° 03/2003
EN LA LECTURA Y ANÁLISIS DE LOS DECRETOS MUNICIPALES, CUYAS COPIAS RECIBIMOS EN LA SECRETARÍA DE ESTE HONORABLE CONCEJO, HE DETECTADO ALGUNOS, A MI ENTENDER, ERRORES. EN ALGUNOS CASOS DE IMPUTACIÓN DEL GASTO, OTROS EN LA CONFECCIÓN DE LOS MISMOS Y OTROS EN EL NO CUMPLIMIENTO DE ORDENANZAS QUE MOTIVAN LA REALIZACIÓN DEL ACTO ADMINISTRATIVO.
ARTÍCULO 1°: COMUNICAR AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO LOS DECRETOS EN LOS QUE SE HAN DETECTADO ERRORES Y QUE HASTA LA FECHA NO SE HA COMUNICADO A ESTE CONCEJO CORRECCIÓN O ANULACIÓN DE LOS MISMOS.
DECRETO N° 171 DEL 2 DE ABRIL DE 2002, SE RENOVÓ LA DESIGNACIÓN A UN PERSONAL DESTAJISTA Y LAS FECHAS DE RENOVACIÓN COINCIDEN CON EL DECRETO N° 24 DE FECHA 26 DE ENERO DE 2002, CUYAS COPIAS SE ENCUENTRAN EN SECRETARÍA. TRAS LA BÚSQUEDA DEL ORIGINAL, SE OBSERVA QUE TIENE OTRA FECHA.
DECRETO N° 202 DEL 29 DE ABRIL DEL 2002, EL DECRETO ANTERIOR TIENE FECHA 18 DE ABRIL, EL POSTERIOR TIENE FECHA 22 DE ABRIL, ESTO INDICA QUE ESTÁ MAL FECHADO.
DECRETOS N° 304 (13/6/02), N° 328 (28/6/02), N° 331 (1/7/02) Y N° 379 (22/7/02) TODOS DECRETOS CORRESPONDIENTES A SUBSIDIOS PARA COOPERATIVAS TEXTILES Y LA IMPUTACIÓN SE HA REALIZADO AL PROGRAMA DE ASUNTOS AGROPECUARIOS CUANDO TENDRÍAN QUE IMPUTARSE A PRODUCCIÓN.
DECRETOS N° 242 (10/5/02), N° 279 (3/6/02), N° 312 (18/6/02), N° 351 (4/7/02), N° 371 (17/7/02) Y N° 415 ( 6/8/02) TODOS DECRETOS DONDE SE LE OTORGAN SUBSIDIOS A UNA INSTITUCIÓN COMO ENTIDAD DE BIEN PÚBLICO, CUANDO LA MISMA FUE RECIÉN INSCRIPTA POR DECRETO N° 442 CON FECHA 20 DE AGOSTO DE 2002, INCUMPLIÉNDOSE EL ARTÍCULO 5° DE LA ORDENANZA N° 1332 / 84.
DECRETO N° 364 DE FECHA 11 DE JULIO DE 2002, SE RENUEVA UNA DESIGNACIÓN TRANSITORIA DE UN EMPLEADO CON IMPUTACIÓN A UNA FINALIDAD QUE NO CORRESPONDE.
DECRETO N° 407 DE FECHA 5 DE AGOSTO DE 2002, DONDE SE OTORGA SUBSIDIO A UNA PERSONA Y NO SE ESPECIFICA A QUE FINALIDAD, PROGRAMA Y CUENTA SE IMPUTA.
DECRETO N° 486 DE FECHA 9 DE SEPTIEMBRE DE 2002, SE DAN DE BAJA BIENES MUNICIPALES QUE SE DETALLAN EN EL ARTÍCULO 2°, Y EN ESTE NO FIGURA NINGÚN LISTADO.-
ARTÍCULO 2°: DE FORMA.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DIEZ DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DOS.-
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