Ordenanza Nro: 3169

ORDENANZA MUNICIPAL N° 3169/2001.-

VISTA LA NOTA CURSADA POR EL SEÑOR SUBSECRETARIO DE SERVICIOS OBRANTE A FOJAS 1 DEL EXPEDIENTE LETRA G N° 62/01, DONDE SOLICITA SE CONSIDERE POR EL H.C.D. LA DEMANDA SURGIDA EN UNA REUNION MANTENIDA CON LA COMISION VECINAL DEL BARRIO RUCATUN DE NUESTRA CIUDAD,
CONSIDERANDO QUE LO PETICIONADO EN EL PUNTO 1° ES FACULTAD DEL H.C.D. SIN PERJUICIO DE CITAR QUE RESPONDE A UNA ATENDIBLE PROBLEMÁTICA DE ESE BARRIO DEBIDAMENTE EVALUADA POR LA SUBSECRETARIA DE SERVICIOS.
QUE LA SOLUCION DE LA MISMA ES FACTIBLE DENTRO DE LAS PREVISIONES PRESUPUESTARIAS EXISTENTES, YA QUE FUNDAMENTALMENTE RESPONDEN A TAREAS DE SEÑALIZACIÓN.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUAREZ EN USO DE SUS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y:
O R D E N A
ARTICULO 1°.- PROHIBESE EL ESTACIONAMIENTO VEHICULAR EN EL PASAJE EXISTENTE ENTRE LA AVENIDA SALENAVE Y LA CALLE AYACUCHO SITO EN EL DENOMINADO BARRIO RUCATUN DE NUESTRA CIUDAD.-
ARTICULO 2°.- FÍJESE EN VEINTE(20) KILÓMETROS POR HORA, LA VELOCIDAD MÁXIMA PARA EL TRANSITO VEHICULAR EN EL PASAJE MENCIONADO EN EL ARTICULO 1°.-
ARTICULO 3°.- EL D.E. DEBERA PROCEDER AL DEBIDO SEÑALIZADO PARA EL CUMPLIMIENTO DE LO DISPUESTO EN LOS ARTICULOS PRECEDENTES.-
ARTICULO 4°.- LOS GASTOS QUE DEMANDE LO ORDENADO, SE IMPUTARAN A LA PARTIDA SEÑALIZACIÓN CUENTA 2-5-02-01-04- DEL PRESUPUESTO DE GASTOS VIGENTE.-
ARTICULO 5°.- COMUNÍQUESE AL D.E. MUNICIPAL, INSÉRTESE EN EL LIBRO DE ORDENANZAS DEL H.C.D., CUMPLIDO ARCÍVESE.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUAREZ , A LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL UNO.-

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