ORDENANZA MUNICIPAL N° 3198/2001.-
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUAREZ EN USO DE SUS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y:
O R D E N A
ARTICULO 1°.- FIJASE EL VALOR DEL MODULO EN LA SUMA DE PESOS CINCO CON SESENTA ( $ 5,60).-
ARTICULO 2°.-EL PERSONAL GOZARA DE UNA BONIFICACIÓN POR ANTIGÜEDAD POR CADA AÑO DE SERVICIO PRESTADO EN LA ADMINISTRACIÓN PUBLICA NACIONAL, PROVNCIAL Y/O MUNICIPAL QUE SE FIJA EN EL UNO POR CIENTO PARA TODAS LAS CATEGORÍAS. LAS RESTANTES BONIFICACIONES Y/O ADICIONALES CONTEMPLADAS EN LA LEY 11757, SERAN PERCIBIDAS POR LOS AGENTES QUE HUBIERA DETERMINADO Y/O DETERMINARE EL D.E. CON AJUSTE A LA REGLAMENTACIÓN O ACTO ADMINISTRATIVO DICTADO A TAL EFECTO.-
ARTICULO 3°.- DISPONESE LAS SIGUIENTES RETRIBUCIONES PARA EL PERSONAL PROFESIONAL:
. PESOS SEIS POR CADA HORA EXTRA DE GUARDIA MEDICA GENERAL ACTIVA, POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE LUNES A VIERNES, VALOR QUE SE INCREMENTARA EN UN CINCUENTA POR CIENTO CUANDO DICHAS TAREAS SE EFECTUAREN EN DIAS SABADOS, DOMINGOS Y/O FERIADOS.-
. PESOS OCHO CON 33/100 POR CADA HORA EXTRA DE GUARDIA MEDICA ACTIVA, SI SE TRATARE DE LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN LA UNIDAD DE TERAPIA INTENSIVA.
. PESOS SEIS CON 00/100( $ 6,00) POR CADA HORA EXTRA DEL SERVICIO DE ANESTESIOLOGIA.-
ARTICULO 4°.- FIJASE EN PESOS DIECISIETE CON SETENTA Y SEIS CENTAVOS( $ 17,76) LA RETRIBUCIÓN PARA EL PERSONAL NO MEDICO, CADA 8 HORAS DE TRABAJO ADICIONAL ( RECARGO HORARIO).-
ARTICULO 5°.- AUTORIZASE AL ENTE DESCENTRALIZADO A REGIRSE POR LOS NOMENCLADORES DE RECURSOS Y GASTOS QUE DISPONE LA ORDENANZA GENERAL 237/78.-
ARTICULO 6°.- AUTORIZASE AL ENTE DESCENTRALIZADO A REALIZAR TRANSFERENCIAS DE CREDITOS Y CREACIONES DE PARTIDAS, CUANDO LOS CREDITOS PRESUPUESTARIOS RESUELTEN INSUFICIENTES O SEA NECESARIO INCORPORAR CONCEPTOS NO PREVISTOS, SIEMPRE QUE LAS PARTIDAS AFECTADAS ARROJEN ECONOMIAS Y CONSERVEN CREDITOS SUFICIENTES PARA CUBRIR LAS NECESIDADES DEL EJERCICIO CONFORME A LA FACULTAD ESTABLECIDA POR EL ARTICULO 119 DE LA L.O.M.-
ARTICULO 7°.- AUTORIZASE AL ENTE DESCENTRALIZADO A COMPROMETER FONDOS DE MAS DE UN EJERCICIO PARA LA COMPRA DE INSTRUMENTAL TÉCNICO Y CIENTÍFICO, MAQUINAS Y OTRAS ADQUISICIONES Y/O CONTRATACIONES, DESTINADAS A LA ATENCIÓN INTEGRAL DE LA SALUD.-
ARTICULO 8°.- DE FORMA.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTINUEVE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL UNO.-
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