ORDENANZA MUNICIPAL N° 3209/2001
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUAREZ EN USO DE SUS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y:
O R D E N A
ARTICULO 1°.- AUTORIZASE LA RETENCIÓN DE BICICLETAS, QUE VIOLEN EL CÓDIGO DE TRÁNSITO PROVINCIAL ( LEY 11430 Y MODIFICATORIAS) HASTA EL PLAZO MÁXIMO DE 72 HORAS.-
ARTICULO 2°.- EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO REGLAMENTARA LA RETENCIÓN AUTORIZADA A POLICIA MUNICIPAL PARA QUE LA SANCIÓN PREVISTA TENGA FINALIDAD EDUCATIVA Y DE PREVENCIÓN DEL INFRACTOR O DE TERCEROS.-
ARTICULO 3°.- LA PRESENTE ORDENANZA ENTRARA EN VIGENCIA A PARTIR DE LOS 30 DIAS DE LA PROMULGACIÓN DE LA MISMA. EL D.. IMPLEMENTARA EN DICHO PLAZO UNA CAMPAÑA DE DIFUSIÓN Y PREVENCIÓN
ARTICULO 4°.- DE FORMA.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTINUEVE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL UNO.-
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