ORDENANZA MUNICIPAL N° 3245/2002.-
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUAREZ EN USO DE SUS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y:
O R D E N A
ARTICULO 1° DESAFÉCTANSE DEL DOMINIO PUBLICO LAS CALLES SITAS ENTRE LAS SIGUIENTES CHACRAS: 23 DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN I PARCELA 513 DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN I; 22 Y 49, 48 Y 49, 50 Y 51, 51 Y 52, 52 Y 53, 48 Y 75, 49 Y 76, 50 Y 77, 51 Y 78, 74 Y 75, 75 Y 76, 77 Y 78 TODAS ELLAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN I, SECCION C DEL PARTIDO DE BENITO JUAREZ CON UNA SUPERFICIE TOTAL APROXIMADA DE ONCE (11) HECTÁREAS Y CINCUENTA (50) AREAS.-
ARTICULO 2°.- AUTORIZASE AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO A PROCEDER A LA VENTA DE LA SUPERFICIE ANTES MENCIONADA A DOÑA MARIA DEL PILAR CHIMENO DE LOLO A RAZON DE PESOS QUINIENTOS ($500,=) LA HECTÁREA, TOTALIZANDO LA SUMA DE PESOS CINCO MIL SETECIENTOS CINCUENTA ( $5750,=).-
ARTICULO 3°.- LA INTERESADA ABONARA EL DERECHO DE OFICINA Y EL IMPORTE RESULTANTE DE ACUERDO A LA MENSURA CORRESPONDIENTE, QUE ESTARA A CARGO DEL COMPRADOR, DE LA SIGUIENTE MANERA:
. ENTREGA DE PESOS UN MIL QUINIENTOS ($ 1500,=)
. SEIS CUOTAS FIJAS DE PESOS SETECIENTOS OCHO CON TREINTA Y TRES CENTAVOS ($ 708,33) CON MÁS LOS INTERESES DE LA TASA PASIVA DEL BANCO DE LA PROVINCIA PARA PESOS.-
ARTICULO 4°.- LA VENTA SERA EFECTUADA POR LA TOTALIDAD DE LA CALLE UBICADA ENTRE LAS CHACRAS MENCIONADAS EN EL ARTICULO 1°.-
ARTICULO 5°.- LA ESCRITURA TRASLATIVA DEL DOMINIO SE REALIZARA POR ANTE ESCRIBANÍA GENERAL DE GOBIERNO, DEJÁNDOSE CONSTANCIA QUE LA POSESION REAL Y EFECTIVA DEL INMUEBLE SE OTORGARÁ EN EL MOMENTO DE LA ESCRITURACIÓN.-
ARTICULO 6°.- DE FORMA.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS NUEVE DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DOS.-
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