ORDENANZA MUNICIPAL N° 3484/2004.-
VISTO LA NOTA CURSADA POR EL DIRECTOR DE RECAUDACIÓN, EN DONDE REQUIERE LA APRECIACIÓN DE UN REGIMEN ESPECIAL DE REGULARIZACION DE DEUDAS QUE LOS PROPIETARIOS DE VEHÍCULOS AUTOMOTORES PUDIERAN TENER AL DIA DE LA FECHA,
QUE EN EL MISMO SENTIDO EL GOBIERNO PROVINCIAL POSEE UN PLAN DE FACILIDADES DE PAGO QUE SE ENMARCA EN LA LEY 12914 (MODIFICADA POR LEY 13145),
QUE A PARTIR DE LA DESCENTRALIZACIÓN ADMINISTRATIVA INSTAURADA A PARTIR DE LA LEY 13010, LOS VEHÍCULOS CUYOS MODELOS SE ENCUENTREN ENTRE EL AÑO 1977 Y 1987, QUEDAN RADICADOS EN EL AMBITO MUNICIPAL,
QUE COMO CONSECUENCIA DE ELLO, NO SOLO CUENTA LA RADICACIÓN, SI NO TAMBIEN EL CREDITO A FAVOR DE LA MUNICIPALIDAD QUE POR LAS DEUDAS PUDIERAN REGISTRAR LOS VEHÍCULOS AL MOMENTO DE LA TRANSFERENCIA,
QUE ELLO IMPLICA QUE LOS CONTRIBUYENTES TITULARES SE ENCUENTRAN SUJETOS A LA LEGISLACIÓN MUNICIPAL, CON CIERTAS CARACTERÍSTICAS ESPECIALES,
QUE EN MUCHOS CASOS LA VALUACIÓN FISCAL DE LOS VEHÍCULOS SE ENCUENTRA MUY POR DEBAJO DE LA DEUDA ACTUALIZADA, LO QUE PROVOCA EN EL PROPIETARIO, DESINTERES EN EL PAGO DEL TRIBUTO,
QUE SE TORNA MUY DIFÍCIL ESTABLECER UNA MEDIDA DE TIPO CAUTELAR RESPECTO DE LA PRETENSIÓN QUE PUDIERA INTENTARSE, RESPECTO DEL AUTOMOTOR,
ATENTO A ESTA SITUACIÓN ESTA SECRETARIA CONSIDERA NECESARIO EL ESTABLECIMIENTO DE UN PLAN DE FACILIDADES DE PAGO, QUE POSIBILITE AL MUNICIPIO LA RECUPERACIÓN DE DUDA, QUE DE OTRA MANERA SERIA DE DIFÍCIL O IMPOSIBLE COBRO;
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUAREZ EN USO DE SUS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y:
O R D E N A
ARTICULO 1°.- ESTABLEZCASE UN PLAN DE FACILIDADES DE PAGO PARA LAS DEUDAS QUE HASTA EL AÑO DOS MIL TRES REGISTREN LOS AUTOMOTORES TRANSFERIDO EN VIRTUD DE LA LEY PROVINCIAL 13010.-
ARTICULO 2°.- EN VIRTUD DE LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO ANTERIOR, APLIQUESE EL ANEXO ?A? QUE FORMA PARTE INTEGRANTE DE ESTA ORDENANZA.-
ARTICULO 3°.- AUTORIZASE POR ACTO ADMINISTRATIVO DEL DEPARTAMENTO EJECUTIVO A DISPONER LA CONTINUIDAD DE ESTE REGIMEN TRANSITORIO DE PAGO Y/O A EFECTUAR LAS MODIFICACIONES NECESARIAS CUANDO CIRCUNSTANCIAS ESPECIALES ASI LO REQUIERAN.-
ARTICULO 4°.- DE FORMA.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE AL PRIMER DIA DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL CUATRO.-
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