ORDENANZA MUNICIPAL N° 3497/2004.-
VISTO LA NECESIDAD DE EMPADRONAR LAS BICICLETAS EXISTENTES EN NUESTRO MEDIO PARA SU IDENTIFICACIÓN .
QUE LA ORDENANZA 3044/2000 CONTEMPLA LA REGISTRACIÓN OBLIGATORIA DE LAS BICICLETAS Y VEHÍCULOS MENORES.
CONSIDERANDO QUE HASTA EL MOMENTO SE ENCUENTRAN REGISTRADAS APROXIMADAMENTE 70 BICICLETAS, EN LAS QUE CONSTA ENTRE OTRAS PARTICULARIDADES: DUEÑO, DOMICILIO, SEÑAS PARTICULARES DEL RODADO, ETC.
QUE ES MUCHO MÁS GRANDE EL PARQUE DE BICICLETAS QUE HAY EN BENITO JUÁREZ, Y QUE SERÍA SUMAMENTE IMPORTANTE LA IDENTIFICACIÓN DE LA MAYOR CANTIDAD DE BICICLOS POSIBLES , PARA FACILITAR SU RECONOCIMIENTO EN EL CASO DE UN ILÍCITO.
QUE UNA DE LAS CAUSAS DE NO REALIZAR LA REGISTRACIÓN OBLIGATORIA ES EL IMPORTE A ABONAR, AUNQUE ES MÍNIMO.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUAREZ EN USO DE SUS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y:
O R D E N A
ARTICULO 1°.- SUSPENDASE POR CORRIENTE AÑO, LA APLICACIÓN DEL ARTICULO 2° DE LA ORDENANZA MUNICIPAL 3044/00.
ARTICULO 2°.- DE FORMA.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTIDÓS DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL CUATRO.-
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