ORDENANZA MUNICIPAL N° 3508/2004.-
VISTO QUE LA ESCRIBANÍA GENERAL DE GOBIERNO, EJERCE LA COMPETENCIA QUE LE ACUERDA EL ARTICULO 4° INC. D) DE LA LEY PROVINCIAL 10830 PARA REGULARIZACIÓN DOMINIAL DE ?INTERÉS SOCIAL?.
CONSIDERANDO QUE EL OBJETIVO DE LA MISMA ES POSIBILITAR LA CESIÓN DE INMUEBLES ENTRE PARTICULARES, PREVIO CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS QUE LA MISMA LEGISLA, Y
QUE CUMPLIDOS ESTOS A TRAVÉS DE LAS ÁREAS PERTINENTES DEL DEPARTAMENTO EJECUTIVO, ES NECESARIO OTORGAR A LOS BENEFICIARIOS LA SEGURIDAD JURÍDICA QUE IMPLICA LA TITULARIDAD DEL DOMINIO SOBRE LOS BIENES MENCIONADOS.-
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUAREZ EN USO DE SUS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y:
O R D E N A
ARTÍCULO 1°: DECLÁRESE DE INTERÉS SOCIAL, LA INTERVENCIÓN DE LA ESCRIBANÍA GENERAL DE GOBIERNO, A EFECTOS DE PROCEDER LA ESCRITURACIÓN DE LOS INMUEBLES QUE A CONTINUACIÓN SE DETALLAN:
EXPEDIENTE: ?T? 62/2004.-
DATOS CATASTRALES: CIRC.: II SECC.: A QUINTA: MANZANA: 19 PARCELA: 4 B
FRACCIóN: PARTIDA DE RENTAS: 12331
BENEFICIARIO: IGLESIAS MONICA NOEMI DNI: 22292831 CUIL: 27-22292831-7
EXPEDIENTE: ?T? 63/2004.-
DATOS CATASTRALES: CIRC.: II SECC.: A QUINTA: MANZANA: 38 PARCELA: 14
FRACCIóN: PARTIDA DE RENTAS: 12347.
BENEFICIARIOS: GEREZ FRANCISCO JOAQUIN DNI: 10541472 CUIL: 20-10541472-3
ELOYSA STELLA MARIS DNI: 12568483 CUIL: 27-12568483-7
EXPEDIENTE: ?T? 64/2004.-
DATOS CATASTRALES: CIRC.: II SECC.: A QUINTA: MANZANA: 13 PARCELA: 6 F
FRACCIóN: PARTIDA DE RENTAS: 8254
BENEFICIARIO: PARDO JOSE ALBERTO DNI: 12196299 CUIL: 20-12196299-4
ARTÍCULO 2°: LA PRESENTE DECLARACIÓN SE FUNDAMENTA EN LOS ANTECEDENTES OBRANTES EN LOS RESPECTIVOS EXPEDIENTES QUE SE CITAN EN EL ARTÍCULO 1°.-
ARTÍCULO 3°: AUTORÍZASE AL D.E. A CONDONAR LAS DEUDAS HASTA LA FECHA DE ESCRITURACIÓN, QUE POR GRAVÁMENES MUNICIPALES PUEDAN AFECTAR LOS INMUEBLES QUE SE CITAN EN EL ARTICULO 1°-
ARTÍCULO 4°: ELÉVASE LA PRESENTE ORDENANZA A LA ESCRIBANÍA GENERAL DE GOBIERNO.-
ARTÍCULO 5°: DE FORMA.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTICUATRO DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL CUATRO.-
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