ORDENANZA MUNICIPAL N° 3569/2004.-
VISTO LO INFORMADO POR EL SR. JORGE ISMAEL Y EL SEÑOR SECRETARIO DE INFRAESTRUCTURA, VIVIENDAS Y SERVICIOS PUBLICOS Y EL SR. SECRETARIO DE GOBIERNO CON RESPECTO A LA CONVENIENCIA Y NECESIDAD DE ADHERIR AL NUEVO MARCO REGULATORIO DEL SERVICIO PUBLICO SANITARIO INSTRUMENTADO POR EL DECRETO 878/03 Y RACTIFICADO POR LA LEY 13154,
QUE EL SERVICIO DE AGUA POTABLE RESULTA ESENCIAL A LA SALUD Y A LA POBLACIÓN, SIENDO FACTOR CONDICIONANTE PARA ALCANZAR UNA MEJOR CALIDAD DE VIDA,
QUE EL OBJETIVO DEL NUEVO MARCO REGULATORIO LA OPTIMIZACIÓN DE LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS PUBLICOS SANITARIOS Y A LA PAR, EL AFIANZAMIENTO DE UN REGIMEN JURÍDICO UNIFORME, APLICABLE EN TODO EL AMBITO DE LA PROVINCIA, INDEPENDIENTEMENTE DE LA TITULARIDAD DE PRESTACIÓN DE DICHO SERVICO,
QUE SE INCORPORA, EN EL MARCO DEL REGIMEN TARIFARIO, LA NOCIÓN DE ?TARIFA DE INTERES SOCIAL? PARA LOS USUARIOS DE ESCASOS RECURSOS Y
QUE SIN PERJUICIO QUE EN EL NUEVO MARCO REGULATORIO EL MUNICIPIO MANTIENE SUS FACULTADES PROPIAS DE PODER CONCEDENTE, RESULTA NECESARIO LA PROGRESIVA ADECUACION DE ESTAS PRESTACIONES A LAS NUEVAS CONDICIONES ESTABLECIDAS EN AQUEL,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUAREZ EN USOS DE SUS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y ,
O R D E N A
ARTICULO 1°.- ADHIERASE EN TODOS SUS TERMINOS A LO ESTABLECIDO EN EL DECRETO N° 878/03, LEY PROVINCIAL N° 13154.-
ARTICULO 2°.- DE FORMA.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL CUATRO.-
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