Ordenanza Nro: 3611

ORDENANZA MUNICIPAL N° 3611/2005.-
VISTO LO ACTUADO EN EL EXPEDIENTE LETRA ?I? N° 01/2005 EN EL CUAL SE TRATA LA TRANSFERENCIA DEL INSTITUTO SUPERIOR DEL SUDESTE A LA ORBITA MUNICIPAL PARA SU GESTION,
QUE A FOJAS 2 LOS INTEGRANTES DE LA COMISION DIRECTIVA DE LA ASOCIACIÓN POPULAR DE CULTURA HACEN SABER SU DECISIÓN SOBRE LA PROPUESTA MUNICIPAL,
QUE LA ORDENANZA MUNICIPAL 3597/2005 INSTITUYE EL MARCO PARA EL FUTURO ORDENAMIENTO FINANCIERO ADMINISTRATIVO PARA LA PUESTA EN MARCHA DEL MISMO,
QUE A FOJAS 16 Y 17 MEDIANTE RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 672 EL DIRECTOR GENERAL DE CULTURA Y EDUCACION RECONOCE COMO PROPIETARIO DEL REFERIDO INSTITUTO A LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUAREZ A PARTIR DEL CICLO LECTIVO 2005,
QUE LA SECRETARIA DE GOBIERNO SOLICITA A LA MAYOR BREVEDAD LA IMPUTACIÓN DE LOS GASTOS Y/O RECURSOS QUE LA NECESARIA ACTIVIDAD DEL INSTITUTO PUDIERE GENERAR, Y
QUE FINALMENTE LA SECRETARIA DE HACIENDA PROPULSA LA ELEVACIÓN AL H.C.D. DE UN PROYECTO DE ORDENANZA QUE BRINDA EL NECESARIO ENCUADRE LEGAL PARA LA CORRECTA REGISTRACIÓN DE ESTOS MOVIMIENTOS.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUAREZ EN USO DE SUS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y:
O R D E N A
ARTICULO 1°.- EN CONCORDANCIA A LO ESTABLECIDO EN LOS ARTICULOS 25 Y 28 INCISO 8° DE LA LEY ORGÁNICA DE LAS MUNICIPALIDADES, CREASE EN EL CARÁCTER DE ?INSTITUTO SUPERIOR DEL SUDESTE? UN ESPECIAL ESTABLECIMIENTO QUE TENDRA COMO FUNCION ESPECIFICA LA EDUCACION SUPERIOR Y FORMACIÓN PROFESIONAL DE LA COMUNIDAD.-
ARTICULO 2°.- A LOS EFECTOS DE ATENDER EL DESENVOLVIMIENTO ECONOMICO FINANCIERO DEL CITADO ESTABLECIMIENTO, CREASE AL MARGEN DE LA CONTABILIDAD DEL PRESUPUESTO, UNA CUENTA ESPECIAL DENOMINADA ?INSTITUTO SUPERIOR DEL SUDESTE? CON UN CREDITO DE PESOS CIEN MIL, QUE EL D.E. TOMARÁ DEL SALDO DE EJERCICIOS ANTERIORES.-
ARTICULO 3°.-LA CONTABILIDAD DEBERA AJUSTARSE A LAS NORMAS Y PROCEDIMIENTOS QUE FIJAN PARA CASOS ANÁLOGOS LA CARTA ORGÁNICA DE LAS MUNICIPALIDADES, EL REGLAMENTO DE CONTABILIDAD Y DISPOSICIONES DE ADMINISTRACIÓN VIGENTES.-
ARTICULO 4°.- DE FORMA.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS CINCO DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL CINCO.-

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