ORDENANZA MUNICIPAL N° 3628/2005.-
VISTO QUE LA ESCRIBANÍA GENERAL DE GOBIERNO, EJERCE LA COMPETENCIA QUE LE ACUERDA EL ARTICULO 4° INC.D) DE LA LEY PROVINCIAL 10830 PARA REGULARIZACIÓN DOMINIAL DE ?INTERÉS SOCIAL?.
CONSIDERANDO QUE EL OBJETIVO DE LA MISMA ES POSIBILITAR LA CESIÓN DE INMUEBLES ENTRE PARTICULARES, PREVIO CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS QUE LA MISMA LEGISLA, Y
QUE CUMPLIDOS ESTOS A TRAVÉS DE LAS ÁREAS PERTINENTES DEL DEPARTAMENTO EJECUTIVO, ES NECESARIO OTORGAR A LOS BENEFICIARIOS LA SEGURIDAD JURÍDICA QUE IMPLICA LA TITULARIDAD DEL DOMINIO SOBRE LOS BIENES MENCIONADOS.-
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUAREZ EN USO DE SUS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y:
O R D E N A
ARTÍCULO 1°: DECLÁRESE DE INTERÉS SOCIAL, LA INTERVENCIÓN DE LA ESCRIBANÍA GENERAL DE GOBIERNO, A EFECTOS DE PROCEDER LA ESCRITURACIÓN DE LOS INMUEBLES QUE A CONTINUACIÓN SE DETALLAN:
EXPEDIENTE: ?T? 22/2005.-
DATOS CATASTRALES: CIRC.: I SECC.: E CHACRA: 259 MANZANA: 259E PARCELA: 27
FRACCIóN: PARTIDA DE RENTAS: 10358
BENEFICIARIOS: HERRERA MARIA ELVIRA DNI: 21524800 CUIL: 27-21524800-9
EXPEDIENTE: ?T? 33/2005.-
DATOS CATASTRALES: CIRC.: II SECC.: D MANZANA: 37 PARCELA: 17
FRACCIóN: 1 PARTIDA DE RENTAS: 11073
BENEFICIARIOS: HERNANDEZ RICARDO DNI: 12716821 CUIL: 20-12716821-1
LORENZO MARIA ESTER DNI: 5743634 CUIL: 23-05743634-4
EXPEDIENTE: ?T? 48/2005.-
DATOS CATASTRALES: CIRC.: I SECC.: B QUINTA: 70 PARCELA: 7
PARTIDA DE RENTAS: 6403
BENEFICIARIOS: CALLEJON CRISTIAN JOSE DNI:31104916 CUIL:20-31104916- 0
RON CECILIA INES DNI: 29163276 CUIL: 27-29163276-4
EXPEDIENTE: ?T? 49/2005.-
DATOS CATASTRALES: CIRC.: I SECC.: B QUINTA: 46 MANZANA: 46B PARCELA: 25
FRACCIóN: PARTIDA DE RENTAS: 11407
BENEFICIARIO: CONNI JUAN CARLOS DNI: 5390512 CUIL: 23-05390512-9
EXPEDIENTE: ?T? 50/2005.-
DATOS CATASTRALES: CIRC.: I SECC.: B QUINTA: MANZANA: 64 A PARCELA: 2
FRACCIóN: PARTIDA DE RENTAS: 15561
BENEFICIARIO: BARRERA PABLO ANDRES DNI: 28219743 CUIL: 20-28219743-0
ARTÍCULO 2°: LA PRESENTE DECLARACIÓN SE FUNDAMENTA EN LOS ANTECEDENTES OBRANTES EN LOS RESPECTIVOS EXPEDIENTES QUE SE CITAN EN EL ARTICULO 1°.-
ARTÍCULO 3°: AUTORÍZASE AL D.E. A CONDONAR LAS DEUDAS HASTA LA FECHA DE ESCRITURACIÓN, QUE POR GRAVÁMENES MUNICIPALES PUEDAN AFECTAR LOS INMUEBLES QUE SE CITAN EN EL ARTICULO 1°-
ARTÍCULO 4°: ELÉVASE LA PRESENTE ORDENANZA A LA ESCRIBANÍA GENERAL DE GOBIERNO.-
ARTÍCULO 5°: DE FORMA.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL CINCO.-
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