ORDENANZA MUNICIPAL N° 4010/2007.-
QUE EL MENCIONADO PROYECTO FUE APROBADO POR MAYORIA, SIETE (7) VOTOS POR LA AFIRMATIVA DEL BLOQUE DEL FRENTE PARA LA VICTORIA- P.J. Y SEIS (6) VOTOS POR LA NEGATIVA DEL BLOQUE DE LA U.C.R.,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUAREZ EN USO DE SUS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y:
O R D E N A
ARTÍCULO 1: EL PERSONAL GOZARÁ DE UNA BONIFICACIÓN POR ANTIGÜEDAD POR CADA AÑO DE SERVICIO PRESTADO EN LA ADMINISTRACIÓN PUBLICA NACIONAL, PROVINCIAL Y/O MUNICIPAL, QUE SE FIJA EN EL UNO POR CIENTO (1 %), PARA TODAS LAS CATEGORÍAS. LAS RESTANTES BONIFICACIONES Y/O ADICIONALES CONTEMPLADAS EN LA LEY 11757, SERÁN PERCIBIDAS POR LOS AGENTES QUE HUBIERA DETERMINADO Y/O DETERMINARE EL D.E. CON AJUSTE A LA REGLAMENTACIÓN O ACTO ADMINISTRATIVO DICTADO A TAL EFECTO.
ARTÍCULO 2: AUTORÍZASE AL ENTE DESCENTRALIZADO A REGIRSE POR LOS NOMENCLADORES DE RECURSOS Y GASTOS QUE DISPONE LA LEGISLACIÓN VIGENTE PARA EL SISTEMA R.A.F.A.M.
ARTICULO 3: AUTORÍZASE AL ENTE DESCENTRALIZADO A COMPROMETER FONDOS DE MAS DE UN EJERCICIO PARA LA COMPRA DE INSTRUMENTAL TÉCNICO Y CIENTÍFICO, MÁQUINAS Y OTRAS ADQUISICIONES Y/O CONTRATACIONES, DESTINADAS A LA ATENCIÓN INTEGRAL DE LA SALUD CON APROBACION DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE.-
ARTICULO 4º.- COMUNIQUESE AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTINUEVE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL SIETE.-
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