ORDENANZA MUNICIPAL N° 3792/2006.-
DEROGADA POR ORDENANZA 4925/2014
VISTO QUE POR NOTA OBRANTE A FOJAS 1 DEL EXPEDIENTE LETRA A N° 104/06, LOS INTEGRANTES DE LA COMISIÓN DE VIVIENDA CON MÁS LA SRA. SECRETARÍA DE ACCIÓN SOCIAL, PROPONEN UNA MODIFICACIÓN AL ARTÍCULO 5° DE LA ORDENANZA 2467 BUSCANDO FLEXIBILIZAR ALGUNA DE SUS EXIGENCIAS CON RESPECTO A LA DEMOSTRACIÓN DE LA TITULARIDAD DEL BIEN OBJETO DEL CRÉDITO, FACILITANDO CON EL ELLO EL OTORGAMIENTO DE LOS MISMOS,
QUE LA CITADA ORDENANZA LEGISLA SOBRE LA MODALIDAD Y REQUISITOS A CUMPLIR PARA EL OTORGAMIENTO DE CRÉDITOS PARA VIVIENDAS A PARTICULARES FINANCIADOS A TRAVÉS DEL FONDO PERMANENTE DE LA VIVIENDA, ASEGURANDO LA DEBIDA TRANSPARENCIA Y LEGALIDAD EN EL MANEJO DE ESTOS FONDOS,
QUE EN TAL SENTIDO Y SIN PERJUICIO DE COINCIDIR EN LA NECESARIA FLEXIBILIZACIÓN DE LA NORMA, TANTO ASESORÍA LEGAL EN SU DESPACHO DE FOJAS 8, COMO SECRETARÍA DE GOBIERNO A FOJAS 9, HAN CONCORDADO EN LA NECESIDAD DEL CUMPLIMIENTO DE MÍNIMAS FORMALIDADES QUE DEN LAS NECESARIAS SEGURIDADES LEGALES A LAS OPERACIONES CREDITICIAS QUE NOS OCUPAN, Y
QUE TALES ACTOS SON DE SENCILLO CUMPLIMIENTO POR LOS POSIBLES INTERESADOS, CUMPLIÉNDOSE DE ESTA MANERA EL OBJETIVOS FACILITAR LA ACCESIBILIDAD A LOS CRÉDITOS SIN DESCUIDAR LAS DEBIDAS SEGURIDADES LEGALES,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUAREZ EN USO DE SUS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y:
O R D E N A
ARTÍCULO 1°: MODIFÍQUESE EL ARTÍCULO 5° DE LA ORDENANZA 2467/94 EL QUE QUEDARÁ REDACTADO DE LA SIGUIENTE FORMA:
ARTÍCULO 5°: TENDRÁN ACCESO A LOS BENEFICIOS DEL PRESENTE PLAN TODOS LOS VECINOS DEL PARTIDLO DE BENITO JUÁREZ, INTERESADOS EN LA AMPLIACIÓN, REFACCIÓN, TERMINACIÓN Y/O COMIENZO DE LA VIVIENDA, DEBIENDO HALLARSE EL INMUEBLE INSCRIPTO A SU NOMBRE EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD O EN SU DEFECTO, CONTAR CON LA CERTIFICACIÓN DE LA POSESIÓN DEL INMUEBLE COMPROBADA MEDIANTE ACTA PASADA ANTE ESCRIBANO PÚBLICO O JUZGADO DE PAZ DE ESTA LOCALIDAD. ANTE EL NO CUMPLIMIENTO DE ESTOS REQUISITOS, LA COMISIÓN PODRÁ ORIENTAR Y FACILITAR LA GESTIÓN PERTINENTE PARA REGULARIZAR LA SITUACIÓN.
ARTÍCULO 2°: DE FORMA.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTIDÓS DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL SEIS.-
Recibí en tu correo nuestras Notificaciones