Ordenanza Nro: 4333

ORDENANZA MUNICIPAL N° 4333/2010.-
VISTO LO ACTUADO EN EL EXPEDIENTE LETRA ?O? Nº 84/10, EL MUNICIPIO CUENTA EN SU PATRIMONIO CON TRES MOTONIVELADORAS QUE SE ENCUENTRAN EN DESUSO POR DESPERFECTOS MECÁNICOS Y FALTANTES DE PIEZAS,
QUE HABIENDO REALIZADO LAS EVALUACIONES TÉCNICAS PERTINENTES SE CONCLUYE QUE NO RESULTA ECONÓMICAMENTE VIABLE SU REPARACIÓN,
QUE LAS MISMAS CORRESPONDEN A MODELOS 1958 Y 1959 CON MECANISMOS EN DESUSO,
CONSIDERANDO QUE LA SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA, VIVIENDA Y SERVICIOS PÚBLICOS TIENE PREVISTA LA COMPRA DE EQUIPOS Y ELEMENTOS NECESARIOS PARA LOS TRABAJOS VIALES URBANOS,
QUE POR ARTÍCULO 161 DE LA LEY ORGÁNICA DE LAS MUNICIPALIDADES EL MUNICIPIO PUEDE ENTREGAR A CUENTA DE PRECIO DE NUEVAS ADQUISICIONES ESTE TIPO DE MAQUINARIA,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUAREZ EN USO DE SUS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y:
O R D E N A
ARTÍCULO 1º.- AUTORÍCESE AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO A ENTREGAR A CUENTA DE PRECIO TRES MOTONIVELADORAS QUE SE DETALLAN A CONTINUACIÓN:
MOTONIVELADORA GALIONS SERIE A MECÁNICA 160/58 Nº4
MOTONIVELADORA SIAM WABCO 660/69 Nº 15
MOTONIVELADORA SIAM WABCO 660//69 Nº 7
ARTÍCULO 2º.-AL MOMENTO DE LA TRANSACCIÓN COMERCIAL ESTOS EQUIPOS SERÁN TASADOS POR LA OFICINA TÉCNICA CORRESPONDIENTE, NO ACEPTANDO EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO PROPUESTAS INFERIORES AL SETENTA Y CINCO POR CIENTO DE LA TASACIÓN, DE ACUERDO AL ART. 161 DE LA LOM
ARTÍCULO 3º.- COMUNIQUESE AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS ONCE DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIEZ.-

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