ORDENANZA MUNICIPAL Nº 4686/2013.-
DEROGADA POR ORDENANZA 4823/2014
VISTO EL EXPEDIENTE LETRA G Nº 14/2013 Y LA ORDENANZA MUNICIPAL Nº 4641/2013, REFERENTES AL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL COMITÉ EJECUTIVO DEL FONDO FIDUCIARIO PÚBLICO PRO.CRE.AR. , Y LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUÁREZ, Y;
CONSIDERANDO, QUE EN ART. 4º DE LA O.M. Nº 4641/13 SE AUTORIZA AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO DEL MUNICIPIO DE BENITO JUÁREZ A CEDER, TRANSFERIR O AFECTAR COMO BIENES FIDEICOMITIDOS AL FONDO FIDUCIARIO PÚBLICO PROCREAR, LOS TERRENOS FISCALES DE PROPIEDAD DEL MUNICIPIO QUE ESTIME NECESARIOS A LOS EFECTOS DE SER OBJETO DE CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS BAJO EL PROGRAMA PROCREAR.
QUE SE HA FIRMADO ENTRE EL COMITÉ EJECUTIVO DEL FONDO PROCREAR Y LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUÁREZ, EL CONVENIO DE COLABORACIÓN QUE PERMITE EL APORTE DE TERRENOS DE NUESTRO MUNICIPIO AL DICHO FONDO.
QUE EN LA VISITA REALIZADA A NUESTRA LOCALIDAD EL PASADO 3 DE MAYO DE 2013, POR PARTE DEL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ANSES Y PRESIDENTE DEL FONDO FIDUCIARIO PROCREAR, LIC. DIEGO BOSSIO, EL SR. INTENDENTE LE HIZO ENTREGA DE UNA CARPETA CON EL OFRECIMIENTO DE UNA MANZANA UBICADA EN LA PLANTA URBANA DE BENITO JUÁREZ, IDENTIFICADA CATASTRALMENTE COMO CIRCUNSCRIPCIÓN I, SECCIÓN B, QUINTA 22, FRACCIÓN I, PARCELA 2; PARA SER DESTINADA POR EL FONDO PARA LA CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS PARA AQUELLOS VECINOS QUE NO POSEAN, NI PUEDAN ADQUIRIR SU TERRENO.
QUE A TRAVÉS DE DICHA CESIÓN SE CUMPLIRÁ CON EL OBJETIVO DE FACILITAR EL ACCESO A LA VIVIENDA PROPIA A UN IMPORTANTE SECTOR DE NUESTRA COMUNIDAD PARA SUBSANAR LA DEMANDA QUE AÚN PERMANECE INSATISFECHA,
QUE DE ESTA MANERA EL MUNICIPIO DE BENITO JUÁREZ REALIZA UNA IMPORTANTÍSIMA COLABORACIÓN PARA QUE NUESTROS VECINOS PUEDAN ACCEDER A SU VIVIENDA, TANTO EN LA FAZ ADMINISTRATIVA COMO OPERATIVA.-
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUAREZ EN USO DE SUS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y:
O R D E N A
ARTÍCULO 1º.- AUTORÍCESE AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO A DONAR AL FONDO FIDUCIARIO PUBLICO PRO.CRE.AR, EL INMUEBLE IDENTIFICADO CATASTRALMENTE COMO CIRCUNSCRIPCIÓN I, SECCIÓN B, QUINTA 22, FRACCIÓN I, PARCELA 2; EN EL MARCO DEL PROGRAMA CREDITO ARGENTINO DEL BICENTENARIO PARA LA VIVIENDA UNICA FAMILIAR (PRO.CRE.AR), DE ACUERDO AL ARTICULO 4º DE LA ORDENANZA MUNICIPAL Nº 4641 Y A LAS ACTUACIONES OBRANTES EN EL EXPEDIENTE LETRA G Nº 14/2013.-
ARTÍCULO 2º.- ELÉVESE LA PRESENTE ORDENANZA AL FONDO FIDUCIARIO PUBLICO PRO.CRE.AR.-
ARTÍCULO 3º.- COMUNÍQUESE AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS TRECE DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL TRECE.-
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