ORDENANZA MUNICIPAL N° 5116/2016.-
VISTO LO ACTUADO EN EL EXPEDIENTE LETRA ?D? Nº 128/11 EN EL CUAL A FOJAS 110, OBRA NOTA DE LA SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL, EN LA CUAL INFORMA QUE SE HAN CUMPLIMENTADO LO LEGISLADO POR LA O.M. Nº 4268/10 Y SUS DECRETOS REGLAMENTARIOS Nº 1204/11 Y 593/12, PARA LA DONACIÓN DE TERRENOS, DEL BANCO MUNICIPAL DE TIERRAS, DESTINADOS EXCLUSIVAMENTE PARA LA CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDA FAMILIAR,
QUE A FOJAS 180 Y 181 OBRA ACTA DE LA COMISIÓN MUNICIPAL DE LA VIVIENDA APROBANDO LA MENCIONADA DONACIÓN DE LOS 6 TERRENOS,
QUE SE ACOMPAÑAN AL PRESENTE, LOS EXPEDIENTES DONDE FIGURAN LOS DATOS CATASTRALES DE LOS TERRENOS A DONAR, COMO ASÍ TAMBIÉN LOS DATOS DE LAS PERSONAS A LAS QUE SE LES DONARAN LOS TERRENOS,
QUE A FOJAS 111 OBRA MODELO DE BOLETO DE DONACIÓN A SUSCRIBIR CON LOS BENEFICIARIOS, POR LO QUE RESULTA NECESARIA LA PERTINENTE AUTORIZACIÓN AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO PARA SUSCRIBIR DICHOS BOLETOS,
QUE DE ACUERDO A LO SOLICITADO A FOJAS 182 RESULTA NECESARIO TAMBIÉN SEAN DECLARADOS DE INTERÉS SOCIAL A EFECTOS DE QUE INTERVENGA LA ESCRIBANÍA GENERAL DE GOBIERNO, EN EL MARCO DEL ARTÍCULO 4 INC. DE LA LEY PROVINCIAL Nº 10830 Y
CONSIDERANDO LA IMPORTANCIA QUE REVISTE ESTE TIPO DE ACCIONES TENDIENTES A MEJORAR LA CALIDAD DE VIDA DE LA POBLACIÓN;
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUÁREZ EN USO DE SUS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y:
O R D E N A
ARTÍCULO 1º.- DÓNENSE EN EL MARCO DE LAORDENANZA MUNICIPAL N° 4268/10 Y SUS DECRETOS REGLAMENTARIOS Nº 1204/11 Y 593/12 LOS INMUEBLES SEGÚN SE DETALLAN EN EL ANEXO I QUE FORMA PARTE DE LA PRESENTE.-
ARTÍCULO 2º.- AUTORIZASE AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO FIRMAR CON LOS BENEFICIARIOS DE CADA TERRENO, CUYOS DATOS DEL TERRENO COMO ASÍ TAMBIÉN DE LOS FUTUROS PROPIETARIOS FIGURAN EN LOS EXPEDIENTES QUE SE CITAN EN EL ANEXO I, EL BOLETO DE DONACIÓN CUYO MODELO OBRA A FOJAS 111 DEL EXPEDIENTE LETRA ?D? Nº 128/2011.-
ARTÍCULO 3º.- DECLÁRESE DE INTERÉS SOCIAL, LA INTERVENCIÓN DE LA ESCRIBANÍA GENERAL DE GOBIERNO, A EFECTOS DE PROCEDER A LA ESCRITURACIÓN DE LOS INMUEBLES DETALLADOS EN EL ARTÍCULO 1º, DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 1º DEL DECRETO MUNICIPAL Nº 1204/11.-
ARTÍCULO 4º.- LA PRESENTE DECLARACIÓN SE FUNDAMENTA EN LOS ANTECEDENTES OBRANTES EN LOS RESPECTIVOS EXPEDIENTES QUE SE CITAN EN EL ARTÍCULO 1º.
ARTÍCULO 5º.- AUTORIZASE AL D.E. A CONDONAR LAS DEUDAS HASTA LA FECHA DE ESCRITURACIÓN, QUE POR GRAVÁMENES MUNICIPALES PUEDAN AFECTAR LOS INMUEBLES QUE SE CITAN EN EL ANEXO I DE LA PRESENTE ORDENANZA.-
ARTÍCULO 6º.- ELÉVESE LA PRESENTE ORDENANZA A LA ESCRIBANÍA GENERAL DE GOBIERNO.
ARTÍCULO 7º.- COMUNÍQUESE AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTIDÓS DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS.-
Recibí en tu correo nuestras Notificaciones