Ordenanza Nro: 5126

ORDENANZA MUNICIPAL DEFINITIVA Nº 5126/2016
MODIFICADA POR ORDENANZA 5168/2017

VISTO EL EXPEDIENTE LETRA “D” Nº226/2016 REFERIDO A LA POSIBILIDAD DE CONTRAER UN EMPRÉSTITO A FINANCIARSE CON EL PROGRAMA DE DESARROLLO MUNICIPAL – MINISTERIO DE ECONOMÍA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Y

CONSIDERANDO LA NECESIDAD DE LLEVAR ADELANTE LA PUESTA EN VALOR Y REACONDICIONAMIENTO DEL HOTEL DE LAS SIERRAS SITO EN LA LOCALIDAD DE VILLA CACIQUE, PARTIDO DE BENITO JUÁREZ;

QUE DE FOJAS 10 A FOJAS 30 LA SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA, VIVIENDA Y SERVICIOS PÚBLICOS ADJUNTA EL PROYECTO DE OBRA DE PUESTA EN VALOR Y REACOMODAMIENTO DEL HOTEL DE LAS SIERRAS POR UN MONTO TOTAL DE POR UN MONTO TOTAL $ 4942414 (PESOS CUATRO MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS CATORCE.-).

QUE MEDIANTE EL PROGRAMA PROVINCIAL DE DESARROLLO SE AUTORIZA AL GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES A OTORGAR PRÉSTAMOS CON DESTINO A LAS MUNICIPALIDADES BONAERENSES SE FINANCIARA HASTA EL 75 % DE LA OBRA SIENDO ESTE UN TOTAL DE PESOS TRES MILLONES SETECIENTOS SEIS MIL OCHOCIENTOS DIEZ CON CINCUENTA CENTAVOS ($ 3706810,50.-);

QUE PODER REALIZAR LA PUESTA EN VALOR DEL EDIFICIO GENERARÁ MANO DE OBRA, PUESTOS DE TRABAJO Y POSIBILIDAD DE MAXIMIZAR LOS RECURSOS TURÍSTICOS CON QUE CONTAMOS EN LA ZONA SERRANA DEL PARTIDO,

QUE EL MINISTERIO DE ECONOMÍA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, A TRAVÉS DEL PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO Y DESARROLLO MUNICIPAL, DEPENDIENTE DE LA UNIDAD DE COORDINACIÓN CON ORGANISMOS MULTILATERALES DE CRÉDITO, CUENTA CON EL PROGRAMA PROVINCIAL DE DESARROLLO PPD QUE TIENE COMO OBJETIVO ENTRE OTROS, BRINDAR ASISTENCIA TÉCNICA Y FINANCIERA A LOS MUNICIPIOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. SE PREVÉ UTILIZAR PARTE DE ESOS RECURSOS PARA REALIZAR PAGOS CON ARREGLO AL CONVENIO A QUE SE REFIERE EL PRESENTE PROYECTO;

QUE DE ACUERDO A LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 46 DE LA L.O.M. REFERENTE A LA AUTORIZACIÓN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE PARA EL ENDEUDAMIENTO MEDIANTE LA SOLICITUD DE UN PRÉSTAMO.-

QUE EN LA ASAMBLEA DE CONCEJALES Y MAYORES CONTRIBUYENTES LA ORDENANZA FUE APROBADA EN VOTACIÓN NOMINAL: ALFONSIN ANGEN ESTEBAN NEGATIVO, CAMIO JOSE NEGATIVA, CARDOSO WILLER AFIRMATIVA, CORRO DANIELA AFIRMATIVA, DI CROCE LEANDRO NEGATIVA, LABRIOLA MARIANO AFIRMATIVA, LEDEZMA HECTOR MARTIN AFIRMATIVA, LORENZO GUSTAVO AFIRMATIVO, PEON RAMIRO AFIRMATIVO, PEREZ JUAN MANUEL NEGATIVO, PEREZ PARDO FELICITAS NEGATIVA, SARGHINI MARIA LAURA AFIRMATIVA, ZABALZA OSCAR NEGATIVO.
SEÑORES MAYORES CONTRIBUYENTES: MARCHI MARIO AFIRMATIVO, LAGE CARLOS AFIRMATIVO, PEON JULIO CESAR AFIRMATIVO, SEQUEIRA SILVIA AFIRMATIVA, CONDE EDELMIRO RODOLFO AFIRMATIVO, BOY LOUSTEAU JUAN PABLO, DIAZ VANINA, AFIRMATIVO, MORBELLI DELIA AFIRMATIVA, IBAÑEZ OSCAR AFIRMATIVO, ARANA HUGO AFIRMATIVO.-

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUAREZ EN USO DE SUS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y:

O R D E N A

ARTICULO 1º: AUTORIZASE AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO A CONCERTAR CON LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, A TRAVÉS DEL MINISTERIO DE ECONOMÍA, UN PRÉSTAMO POR LA SUMA TOTAL DE PESOS TRES MILLONES SETECIENTOS SEIS MIL OCHOCIENTOS DIEZ CON CINCUENTA CENTAVOS ($ 3706810,50.-) PARA LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO “PUESTA EN VALOR DEL HOTEL DE LAS SIERRAS” SITO EN LA CIUDAD DE BARKER – VILLA CACIQUE PARTIDO DE BENITO JUÁREZ, MONTO QUE SE AJUSTARÁ EN EL MOMENTO DE LA FIRMA DEL CONTRATO DE ADJUDICACIÓN DEL PROYECTO.

ARTÍCULO 2º: EL PRÉSTAMO QUE SE AUTORIZA A CONTRAER POR EL ARTÍCULO ANTERIOR, EN EL MARCO DEL PROGRAMA PROVINCIAL DE DESARROLLO SEGÚN LO DISPUESTO POR EL DECRETO Nº 541/15, SU REGLAMENTACIÓN Y POR LOS DECRETOS PROVINCIALES N° 450/16 Y 738/12, ESTARÁ SUJETO A LAS SIGUIENTES CONDICIONES FINANCIERAS:
EL PORCENTAJE DE FINANCIAMIENTO DEL PROGRAMA ES DEL SETENTA Y CINCO POR CIENTO (75%) DEL MONTO TOTAL DEL PROYECTO. EL MUNICIPIO DEBERÁ APORTAR LOS RECURSOS RESULTANTES QUE GARANTICEN LA EJECUCIÓN DEL CIEN POR CIENTO (100%) DEL PROYECTO.
AMORTIZACIÓN: EN SESENTA Y CUATRO (64) CUOTAS MENSUALES.
INTERÉS: LA TASA DE INTERÉS SERÁ EL PROMEDIO ARITMÉTICO SIMPLE DE LA TASA DE INTERÉS PARA DEPÓSITOS A PLAZO FIJO DE MÁS DE UN MILLÓN DE PESOS ($1000000) DE TREINTA (30) A TREINTA Y CINCO (35) DÍAS, -BADLAR BANCOS PRIVADOS- O AQUELLA QUE EN EL FUTURO LA SUSTITUYA, REDUCIDA EN UN VEINTICINCO POR CIENTO (25%), CALCULADO CONSIDERANDO LAS TASAS PROMEDIO DIARIAS PUBLICADAS POR EL BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA DE ARGENTINA DESDE LOS CINCO (5) DÍAS HÁBILES BANCARIOS ANTERIORES AL INICIO DE CADA PERÍODO DE INTERÉS Y HASTA LOS CINCO (5) DÍAS HÁBILES BANCARIOS ANTERIORES AL VENCIMIENTO DE CADA SERVICIO DE INTERÉS.
PERÍODO DE GRACIA DEL CAPITAL: OCHO (8) MESES, EQUIVALENTES AL PERÍODO DE EJECUCIÓN DEL PROYECTO. LOS DÍAS SERÁN CONTADOS A PARTIR DEL PRIMER DESEMBOLSO.
DURANTE EL PERÍODO DE GRACIA EL MUNICIPIO PAGARÁ INTERESES EL PRIMER DÍA HÁBIL DE CADA MES, CONTADOS A PARTIR DEL PRIMER DESEMBOLSO, SOBRE EL CAPITAL EFECTIVAMENTE DESEMBOLSADO.
LA CUOTA DE INTERÉS SERÁ PAGADERA CONJUNTAMENTE CON LAS CUOTAS DE AMORTIZACIÓN.
LA PRIMERA CUOTA DE AMORTIZACIÓN DEL PRÉSTAMO VENCERÁ EL PRIMER DÍA HÁBIL DEL MES SIGUIENTE AL QUE FINALIZA EL PERÍODO DE GRACIA. EL SISTEMA DE AMORTIZACIÓN SERÁ FRANCÉS A MES VENCIDO.
LAS RESTANTES CUOTAS VENCEN A PARTIR DEL PRIMER DÍA HÁBIL DE CADA MES.

ARTICULO 3º: LOS FONDOS DEL PRÉSTAMO SERÁN AFECTADOS ÍNTEGRA Y EXCLUSIVAMENTE A LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO INCLUIDO EN EL PROGRAMA PROVINCIAL DE DESARROLLO.

ARTICULO 4º: LOS RECURSOS PROVENIENTES DEL PRÉSTAMO SERÁN DEPOSITADOS EN UNA CUENTA CORRIENTE BANCARIA DENOMINADA «PROGRAMA PROVINCIAL DE DESARROLLO – MUNICIPIO DE BENITO JUÁREZ – HOTEL DE LAS SIERRAS BARKER”, QUE SE HABILITARÁ EN EL BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

ARTICULO 5º: AFÉCTENSE LOS FONDOS DE COPARTICIPACIÓN PROVINCIAL QUE CORRESPONDAN A ESTE MUNICIPIO, COMO MEDIO DE PAGO Y GARANTÍA DEL CUMPLIMIENTO DEL CONVENIO DE PRÉSTAMO, AUTORIZÁNDOSE A LA PROVINCIA A RETENER LAS SUMAS NECESARIAS PARA CUBRIR EL PAGO DE AMORTIZACIONES, INTERESES O CUALQUIER OTRO GASTO QUE SE ORIGINE CON MOTIVO DEL CONVENIO DE PRÉSTAMO.

ARTICULO 6º: CRÉASE LA PARTIDA E INCORPÓRESE AL PRESUPUESTO LOS RECURSOS NECESARIOS PARA ATENDER EL PAGO DE A) LA CONTRAPARTIDA DE FONDOS QUE DEBERÁ APORTAR LA MUNICIPALIDAD DURANTE EL PERÍODO DE EJECUCIÓN DEL PROYECTO Y B) EL SERVICIO DE AMORTIZACIÓN E INTERESES DEL EMPRÉSTITO DEL PROYECTO DETALLADO EN EL ARTÍCULO 3°. EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO PREVERÁ EN LOS PRESUPUESTOS FUTUROS LAS PARTIDAS NECESARIAS PARA ATENDER LOS SERVICIOS DEL PRÉSTAMO HASTA SU TOTAL CANCELACIÓN.

ARTICULO 7º: EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO, POR INTERMEDIO DE LA REPARTICIÓN CORRESPONDIENTE PROCEDERÁ A REALIZAR LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO IDENTIFICADO EN EL ART. 3° DE LA PRESENTE ORDENANZA CONFORME A LAS NORMAS, REGLAS, TRÁMITES, OPERATORIAS Y PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS ESTABLECIDOS EN EL CONVENIO DE PRÉSTAMO.

ARTICULO 8º:.GÍRESE LA PRESENTE Y DESE LA INTERVENCIÓN QUE CORRESPONDA A LOS ORGANISMOS Y/O REPARTICIONES PROVINCIALES Y/O NACIONALES, ESTABLECIDOS CONFORME A LO DISPUESTO EN LA NORMATIVA LEGAL VIGENTE.

ARTICULO 9º: .- COMUNÍQUESE AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTE DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE

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