Ordenanza Nro: 5163

ORDENANZA MUNICIPAL N° 5163/2017.-
VISTO LO ACTUADO EN EL EXPEDIENTE LETRA ?G? Nº 17/2017 EN EL CUAL DE FOJAS 2 A 10 OBRA CONVENIO MARCO DE ASISTENCIA TECNICA Y COLABORACION PARA LA GENERACION DE SUELO URBANO E IMPLEMENTACION DE PROGRAMAS, REGISTRADO BAJO EL Nº 4/2017 DEL REGISTRO DE CONVENIOS MUNICIPAL Y QUE FUERA SUSCRIPTO OPORTUNAMENTE CON LA SUBSECRETARÍA DE TIERRAS URBANISMO Y VIVIENDA DEL MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
QUE EL CITADO CONVENIO SE REFIERE A QUE ?LA SUBSECRETARIA? ASISTIRÁ TÉCNICAMENTE Y CAPACITARA A ?LA MUNICIPALIDAD?, EN LA INSTRUMENTACIÓN DE POLÍTICAS DE ESTADO ACTIVAS TENDIENTES A LA GENERACIÓN DE SUELO URBANIZADO DE CALIDAD,
QUE DE FOJAS 11 A 14 OBRA INFORME DE LA DIRECTORA DE PLANEAMIENTO URBANO SOBRE LOS BENEFICIOS PARA LA MUNICIPALIDAD LA CONVALIDACIÓN DEL CONVENIO, COMO ASÍ TAMBIÉN LA ADHESIÓN A LA LEY Nº 14449 ?LEY DE ACCESO JUSTO AL HÁBITAT?,
QUE LOS PRINCIPIOS RECTORES DE LA MENCIONADA LEY APUNTAN A QUE LAS POLÍTICAS DE VIVIENDA Y HÁBITAT QUE SE IMPLEMENTAN SE ENCUENTRAN REGIDAS POR LOS SIGUIENTES PRINCIPIOS, EL DERECHO A LA CIUDAD Y A LA VIVIENDA,áááááLA FUNCIÓN SOCIAL DE LA PROPIEDAD LA GESTIÓN DEMOCRÁTICA DE LA CIUDAD, EL REPARTO EQUITATIVO DE CARGAS Y BENEFICIOS, Y
CONSIDERANDO NECESARIA SOLICITAR AL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE LA PERTINENTE AUTORIZACIÓN DE ADHESIÓN A LA LEY Nº 14449 ?LEY DE ACCESO JUSTO AL HÁBITAT?, COMO ASÍ TAMBIÉN LA CONVALIDACIÓN DEL CONVENIO ARRIBA CITADO,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUAREZ EN USO DE SUS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y:
O R D E N A

ARTICULO 1º.- ADHIERASE EL MUNICIPIO DE BENITO JUÁREZ, A LA LEY Nº 14449, ?LEY DE ACCESO JUSTO AL HÁBITAT?.-

ARTICULO 2º.- CONVALIDAR CONVENIO MARCO DE ASISTENCIA TECNICA Y COLABORACION PARA LA GENERACION DE SUELO URBANO E IMPLEMENTACION DE PROGRAMAS, REGISTRADO BAJO EL Nº 4/2017 DEL REGISTRO DE CONVENIOS MUNICIPAL Y QUE FUERA SUSCRIPTO OPORTUNAMENTE CON LA SUBSECRETARÍA DE TIERRAS URBANISMO Y VIVIENDA DEL MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, DE ACUERDO A LO ACTUADO EN EL EXPEDIENTE LETRA ?G? Nº 17/2017.-
ARTICULO 3º.- COMUNÍQUESE AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DIEZ DÍAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.-

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