ORDENANZA MUNICIPAL DEFINITIVA Nº 5186/2017.-
VISTO EL EXPEDIENTE LETRA D Nº 121/2017, REFERIDO A LA POSIBILIDAD DE CONTRAER UN EMPRÉSTITO A FINANCIARSE CON EL PROGRAMA DE DESARROLLO MUNICIPAL MINISTERIO DE ECONOMÍA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Y
CONSIDERANDO LA POSIBILIDAD DE LLEVAR ADELANTE UN REEQUIPAMIENTO DEL ÁREA DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS URBANOS;
QUE DE FOJAS 37 A FOJAS 58 LA SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA, VIVIENDA Y SERVICIOS PÚBLICOS INTERINA ADJUNTA EL PROYECTO DE REEQUIPAMIENTO QUE CONSISTE EN LA ADQUISICIÓN DE: UN TANQUE PARA RIEGO; DOS CAMIONES; UN MARTILLO HIDRÁULICO; UNA BARREDORA, UN MINI TRACTOR Y UNA PALA CARGADORA, POR UN MONTO TOTAL DE $ 8200000,00 (PESOS OCHO MILLONES DOSCIENTOS MIL PESOS.-).
QUE MEDIANTE EL PROGRAMA PROVINCIAL DE DESARROLLO SE AUTORIZA AL GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES A OTORGAR PRÉSTAMOS CON DESTINO A LAS MUNICIPALIDADES BONAERENSES SE FINANCIARA HASTA EL 75 % DE LA OBRA SIENDO ESTE UN TOTAL DE PESOS SEIS MILLONES CIENTO CINCUENTA MIL ($ 6150000,00.-);
QUE EL MINISTERIO DE ECONOMÍA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, A TRAVÉS DEL PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO Y DESARROLLO MUNICIPAL, DEPENDIENTE DE LA UNIDAD DE COORDINACIÓN CON ORGANISMOS MULTILATERALES DE CRÉDITO, CUENTA CON EL PROGRAMA PROVINCIAL DE DESARROLLO PPD QUE TIENE COMO OBJETIVO ENTRE OTROS,
BRINDAR ASISTENCIA TÉCNICA Y FINANCIERA A LOS MUNICIPIOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. SE PREVÉ UTILIZAR PARTE DE ESOS RECURSOS PARA REALIZAR PAGOS CON ARREGLO AL CONVENIO A QUE SE REFIERE EL PRESENTE PROYECTO;
QUE DE ACUERDO A LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 46 DE LA L.O.M. REFERENTE A LA AUTORIZACIÓN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE PARA EL ENDEUDAMIENTO MEDIANTE LA SOLICITUD DE UN PRÉSTAMO.-
QUE LA MENCIONADA ORDENANZA DEFINITIVA FUE APROBADA EN LA ASAMBLEA DE CONSEJALES Y MAYORES CONTRIBUYENTES, EN VOTACION NOMINAL POR UNANIMIDAD DE
LOS SEÑORES CONCEJALES: BACCARINI ANALIA LAURA, BILBAO MARÍA PAZ, CAMIO JOSE, CAMIO JUAN JOSÉ, DEGREEF CARLOS ALCIDES, DI CROCE LEANDRO, IRIBECAMPOS MATIAS,
LEDEZMA HECTOR M, LORENZO GUSTAVO, PEON RAMIRO, PEREZ PARDO FELICITAS, ZEQUEIRA MARIANELA, Y POR LOS SEÑORES MAYORES CONTRIBUYENTES: ALVAREZ LUIS,
HIDALGO MARCELO, IBAÑEZ OSCAR, LAGE CARLOS, MARCHI MARIO, MORBELLI DELIA, TORTORELLA JORGE.-
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUAREZ EN USO DE SUS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y:
O R D E N A
ARTICULO 1º: AUTORIZASE AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO A CONCERTAR CON LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, A TRAVÉS DEL MINISTERIO DE ECONOMÍA, UN PRÉSTAMO POR LA SUMA TOTAL DE PESOS SEIS MILLONES CIENTO CINCUENTA MIL ($ 6150000,00.-) PARA LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO REEQUIPAMIENTO DEL ÁREA DE SERVICIOS PÚBLICOS URBANOS, MONTO QUE SE AJUSTARÁ EN EL MOMENTO DE LA FIRMA DEL CONTRATO DE ADJUDICACIÓN DEL PROYECTO.
ARTÍCULO 2º: EL PRÉSTAMO QUE SE AUTORIZA A CONTRAER POR EL ARTÍCULO ANTERIOR, EN EL MARCO DEL PROGRAMA PROVINCIAL DE DESARROLLO SEGÚN LO DISPUESTO POR EL
DECRETO Nº 541/15, SU REGLAMENTACIÓN Y POR LOS DECRETOS PROVINCIALES N° 450/16 Y 738/12, ESTARÁ SUJETO A LAS SIGUIENTES CONDICIONES FINANCIERAS:
EL PORCENTAJE DE FINANCIAMIENTO DEL PROGRAMA ES DEL SETENTA Y CINCO POR CIENTO (75%) DEL MONTO TOTAL DEL PROYECTO. EL MUNICIPIO DEBERÁ APORTAR LOS RECURSOS RESULTANTES QUE GARANTICEN LA EJECUCIÓN DEL CIEN POR CIENTO (100%) DEL PROYECTO.
AMORTIZACIÓN: EL CAPITAL SE CANCELARA EN SU TOTALIDAD, EN UN ÚNICO PAGO, A LOS CUATRO (4) AÑOS CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA DEL PRIMER DESEMBOLSO.-
INTERÉS: LA TASA DE INTERÉS SERÁ EL PROMEDIO ARITMÉTICO SIMPLE DE LA TASA DE INTERÉS PARA DEPÓSITOS A PLAZO FIJO DE MÁS DE UN MILLÓN DE PESOS ($1000000) DE TREINTA (30) A TREINTA Y CINCO (35) DÍAS, -BADLAR BANCOS PRIVADOS- O AQUELLA QUE EN EL FUTURO LA SUSTITUYA, CALCULADO CONSIDERANDO LAS TASAS PROMEDIO DIARIAS PUBLICADAS POR EL BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA DE ARGENTINA DESDE LOS CINCO (5) DÍAS HÁBILES BANCARIOS ANTERIORES AL INICIO DE CADA PERÍODO DE INTERÉS Y HASTA LOS CINCO (5) DÍAS HÁBILES BANCARIOS ANTERIORES AL VENCIMIENTO DE CADA SERVICIO DE INTERÉS, CON UN LÍMITE MÁXIMO DEL QUINCE POR CIENTO (15 % ), UTILIZÁNDOSE LA CONVENCIÓN DE INTERESES DE DÍAS REALES SOBRE TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO(365) DÍAS.-
LOS INTERESE SE PAGARAN SEMESTRALMENTE, DEVENGÁNDOSE A PARTIR DE LA FECHA DE CADA DESEMBOLSO, NO SIENDO CAPITALIZABLES.-
ARTÍCULO 3º: LOS FONDOS DEL PRÉSTAMO SERÁN AFECTADOS ÍNTEGRA Y EXCLUSIVAMENTE A LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO INCLUIDO EN EL PROGRAMA PROVINCIAL DE DESARROLLO REEQUIPAMIENTO DEL ÁREA DE SERVICIOS PÚBLICOS URBANOS Nº 05812.-
ARTICULO 4º: LOS RECURSOS PROVENIENTES DEL PRÉSTAMO SERÁN DEPOSITADOS EN UNA CUENTA CORRIENTE BANCARIA DENOMINADA «PROGRAMA PROVINCIAL DE DESARROLLO – MUNICIPIO DE BENITO JUÁREZ PROYECTO Nº 05812, QUE SE HABILITARÁ EN EL BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.
ARTICULO 5º: AFÉCTENSE LOS FONDOS DE COPARTICIPACIÓN PROVINCIAL QUE CORRESPONDAN A ESTE MUNICIPIO, COMO MEDIO DE PAGO Y GARANTÍA DEL CUMPLIMIENTO DEL CONVENIO DE PRÉSTAMO, AUTORIZÁNDOSE A LA PROVINCIA A RETENER LAS SUMAS NECESARIAS PARA CUBRIR EL PAGO DE AMORTIZACIONES, INTERESES O CUALQUIER OTRO GASTO QUE SE ORIGINE CON MOTIVO DEL CONVENIO DE PRÉSTAMO.
ARTICULO 6º: CRÉASE LA PARTIDA E INCORPÓRESE AL PRESUPUESTO LOS RECURSOS NECESARIOS PARA ATENDER EL PAGO DE A) LA CONTRAPARTIDA DE FONDOS QUE DEBERÁ APORTAR LA MUNICIPALIDAD DURANTE EL PERÍODO DE EJECUCIÓN DEL PROYECTO Y B) EL SERVICIO DE AMORTIZACIÓN E INTERESES DEL EMPRÉSTITO DEL PROYECTO DETALLADO EN EL ARTÍCULO 3°. EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO PREVERÁ EN LOS PRESUPUESTOS FUTUROS LAS PARTIDAS NECESARIAS PARA ATENDER LOS SERVICIOS DEL PRÉSTAMO HASTA SU TOTAL CANCELACIÓN.
ARTICULO 7º: AUTORIZASE AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO A SUSCRIBIR EL CONVENIO DE PRÉSTAMO QUE, COMO ANEXO, SE ADJUNTA Y TODA OTRA DOCUMENTACIÓN QUE RESULTE NECESARIA PARA LA CONCRECIÓN DEL PROYECTO IDENTIFICADO EN EL ARTICULO 1º DE LA PRESENTE, EN EL MARCO DEL PROGRAMA PROVINCIAL DE DESARROLLO, DECRETO Nº 541/15 Y SU REGLAMENTACIÓN.
ARTICULO 8º: EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO, POR INTERMEDIO DE LA REPARTICIÓN CORRESPONDIENTE, PROCEDERÁ A REALIZAR LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO IDENTIFICADO
EN EL ARTÍCULO 3º DE LA PRESENTE ORDENANZA CONFORME A LAS NORMAS, REGLAS TRAMITES, OPERATORIAS Y PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS ESTABLECIDOS EN EL CONVENIO DE PRÉSTAMO.-
ARTICULO 9º: GÍRESE LA PRESENTE Y DESE LA INTERVENCIÓN QUE CORRESPONDA A LOS ORGANISMOS Y/O REPARTICIONES PROVINCIALES Y/O NACIONALES, ESTABLECIDOS CONFORME A LO DISPUESTO EN LA NORMATIVA LEGAL VIGENTE.
ARTICULO 10º: COMUNÍQUESE AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS ONCE DÍAS DEL MES DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO.-
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