RESOLUCION DEL H.C.D. N° 465/2012.-
VISTO LA INQUIETUD TRANSMITIDA POR VARIOS VECINOS DE LA LOCALIDAD DE BARKER Y VILLA CACIQUE EN RELACIÓN AL TRÁNSITO DE VEHÍCULOS DE GRAN PORTE MÁS PRECISAMENTE CAMIONES QUE SE DIRIGEN A CANTERAS, COMO AQUELLOS QUE INGRESAN A LOMA NEGRA PLANTA BARKER, Y QUE EN AMBOS CASOS CIRCULAN A ALTAS VELOCIDADES,
Y
CONSIDERANDO
QUE DEBEMOS CONTRIBUIR EN PRIMER LUGAR A PROTEGER EL BIEN MÁS PRECIADO QUE ES LA VIDA.
QUE ES NUESTRA OBLIGACIÓN GENERAR LAS CONDICIONES PARA LA PROTECCIÓN DE LAS PERSONAS QUE DIARIAMENTE TRANSITAN POR LAS MISMAS CALLES QUE UTILIZAN DICHOS TRANSPORTES.
QUE ES NUESTRA RESPONSABILIDAD LEGISLAR E ?IMPULSAR? TODAS AQUELLAS ACCIONES TENDIENTES A PREVENIR ACCIDENTES DE TRÁNSITO, EN ESTE CASO DENTRO DE LA PLANTA URBANA.
QUE TENEMOS LA POTESTAD PARA SOLICITAR EL CUMPLIMIENTO ESTRICTO DE LAS LEYES DE TRANSITO DENTRO DE LA ZONA URBANA.
QUE DEBEMOS GENERAR LOS MEDIOS PARA CREAR CONCIENCIA SOBRE EL RESPETO A LAS NORMAS Y A LA VIDA.
QUE BAJO NINGÚN PUNTO DE VISTA PODEMOS PERMITIR QUE DESDE ESTE RECINTO SE PERMANEZCA INDIFERENTE A ESTA PROBLEMÁTICA Y QUE ES NUESTRO DEBER CONTRIBUIR CON LA GESTACIÓN DE POLÍTICAS EN LO QUE RESPECTA A SEGURIDAD VIAL.
QUE EL TEMA EN CUESTIÓN HACE A LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES Y A GENERAR CONCIENCIA EN LOS CONDUCTORES, PERO PRINCIPALMENTE A LA PROTECCIÓN DE LA VIDA.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUAREZ EN USO DE SUS ATRIBUCIONES:
R E S U E L V E
ARTICULO 1º.- SOLICÍTESE AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO QUE MEDIANTE LA DIRECCIÓN QUE CORRESPONDA Y DENTRO DE LAS POSIBILIDADES EXISTENTES, SE INICIEN LAS OBRAS PARA LA IMPLANTACIÓN DE REDUCTORES DE VELOCIDAD CON LA DEBIDA SEÑALIZACIÓN EN LOS PUNTOS QUE A CONTINUACIÓN SE DETALLAN:
EN VILLA CACIQUE SOBRE,
RUTA PROVINCIAL N° 80 A LA ALTURA DE INTERSECCIÓN CON CAMINO INTERURBANO (CALLE ISLAS MALVINAS).
RUTA PROVINCIAL N° 80 A LA ALTURA DE INTERSECCIÓN CON CALLE BELGRANO.
RUTA PROVINCIAL N° 80 A LA ALTURA DE INTERSECCIÓN CON AV. PTE. SALVADOR ALLENDE.
RUTA PROVINCIAL N° 80 A LA ALTURA DE INTERSECCIÓN CON CALLE 25 DE MAYO.
RUTA PROVINCIAL N° 80 A LA ALTURA DE INTERSECCIÓN CON CALLE REPÚBLICA DOMINICANA.
AV. PTE. SALVADOR ALLENDE E INTERSECCIÓN CON CALLE ENTRE RÍOS.
CALLE SANTA FE E INTERSECCIÓN CON CALLE DR. ROJAS.
PUERTO ARGENTINO E INTERSECCIÓN CON CALLE TRINIDAD Y TOBAGO.
EN BARKER SOBRE,
ACCESO A LA LOCALIDAD (AV. ANTÁRTIDA ARGENTINA) A LA ALTURA DE LAS INTERSECCIONES CON LAS CALLES FINOCHIETTO, GRAL. MOSCONI, Y GRAL. SAVIO.
CALLE EXPETXE E INTERSECCIÓN CON CALLE GUILLERMO ORDAZ.
ARTICULO 2º.- DICHOS REDUCTORES DEBERÁN SER PREFERENTEMENTE DE HORMIGÓN DENTRO DEL MARCO LEGAL QUE REGULA LA CONSTRUCCIÓN DE LOS MISMOS, Y EN SEGUNDO LUGAR DE MATERIALES ALTERNATIVOS.
ARTICULO 3º.- INICIASE LOS TRÁMITES PERTINENTES ANTE VIALIDAD PROVINCIAL, LOS CUALES NOS PERMITA CONTAR CON LA HABILITACIÓN CORRESPONDIENTE QUE CONVALIDE LA IMPLANTACIÓN DE DICHOS REDUCTORES DE VELOCIDAD EN SU JURISDICCIÓN (RUTAS PROVINCIALES).
ARTICULO 4º.- EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO EFECTUARA LA CARTELERIA Y LA SEÑALIZACION DE ZONA URBANA Y VELOCIDADES MAXIMAS.-
ARTICULO 5º.- COMUNIQUESE AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS TRECE DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DOCE.-
Recibí en tu correo nuestras Notificaciones