RESOLUCION DEL H.C.D. N° 537/2014.-
VISTO QUE HABITUALMENTE OBSERVAMOS QUE EN LAS AVENIDAS DE NUESTRA CIUDAD EL TRÁNSITO DE VEHICULOS ES DESORDENADO, DEBIDO A QUE NO EXISTEN SEÑALIZACIONES DE CARRILES PINTADAS EN EL PAVIMENTO Y ESTAS MARCAS MÁS QUE SER UN ADORNO PARA LAS CALLES, TIENEN LA FUNCIÓN DE ORGANIZAR EL TRÁFICO Y PREVENIR ACCIDENTES AUTOMOVILÍSTICOS, GUIANDO A LOS CONDUCTORES POR DÓNDE CIRCULAR CORRECTAMENTE.
CONSIDERAMOS QUE LA FALTA DE LÍNEAS LONGITUDINALES (DIVISORIAS DE CARRIL) OCASIONA QUE LOS CONDUCTORES TENGAN QUE ?ADIVINAR? POR DONDE TRANSITAR.
Y DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN EL MANUAL DE SEÑALAMIENTO HORIZONTAL DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD. (VER ANEXO, PÁG. 17)
APROBADO POR RESOLUCIÓN 2501/2012 EN DONDE SE REGLAMENTAN LAS SIGUIENTES GENERALIDADES DE LAS MARCAS VIALES O DEMARCACIÓN HORIZONTAL
SE MANIFIESTA QUE:
LAS MARCAS VIALES O DEMARCACIÓN HORIZONTAL SON LAS SEÑALES DE TRÁNSITO APLICADAS SOBRE LA CALZADA, CON LA FINALIDAD DE GUIAR EL TRÁNSITO VEHICULAR, REGULAR LA CIRCULACIÓN Y ADVERTIR DETERMINADAS CIRCUNSTANCIAS. LA REGULACIÓN INCLUYE LA TRANSMISIÓN DE ORDENES Y/O INDICACIÓN DE ZONAS PROHIBIDAS.
LA DEMARCACIÓN HORIZONTAL AUMENTA LOS NIVELES DE SEGURIDAD Y EFICACIA DE LA CIRCULACIÓN, POR LO QUE ES NECESARIO QUE SE TENGAN EN CUENTA EN CUALQUIER ACTUACIÓN VIAL COMO PARTE DEL DISEÑO Y NO COMO MERO AGREGADO POSTERIOR A SU CONCEPCIÓN.
PARA ELLO SE DEBERAN TENER EN CUENTA LAS SIGUIENTES CONDICIONES:
LAS DEMARCACIONES DEBEN SER UNIFORMES EN SU DISEÑO, POSICIÓN Y APLICACIÓN. ES NECESARIA SU UNIFORMIDAD A FIN DE QUE PUEDAN SER RECONOCIDAS Y ENTENDIDAS INSTANTÁNEAMENTE POR LOS USUARIOS DE LA VÍA.
EL ATRIBUTO PRIMORDIAL DE TODA MARCA VIAL ES QUE DEBE SER VISIBLE TANTO DURANTE LA CIRCULACIÓN DIURNA COMO NOCTURNA, ASÍ COMO ANTE LIMITACIONES ATRIBUIBLES A CONDICIONES AMBIENTALES ADVERSAS, COMO LLUVIA O NIEBLA. EN TAL SENTIDO, TODAS LAS DEMARCACIONES HORIZONTALES EN USO EN LA RED NACIONAL DE CAMINOS DEBEN SER REFLECTIVAS.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUAREZ EN USO DE SUS ATRIBUCIONES:
R E S U E L V E
ARTICULO 1º.- SOLICÍTESE AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO QUE A TRAVÉS DEL AREA QUE CORRESPONDA Y DENTRO DE LAS POSIBILADES EXISTENTES SE PROCEDA A IMPLEMENTAR ESTE SISTEMA DE SEÑALAMIENTO VIAL EN LAS SIGUIENTES AVENIDAS:
ALSINA- LIBERTAD Y ZABALZA Y LUEGO CONTINUAR CON EL RESTO DE LAS AVENIDAS PAVIMENTADAS.
ARTICULO 2º.- REALIZAR CAMPAÑA PUBLICITARIA DE CONCIENTACIÓN, EN MEDIOS RADIALES Y DIGITALES.
ARTICULO 3º.- COMUNÍQUESE AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS OCHO DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL CATORCE.-
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