RESOLUCION DEL H.C.D. N° 731/2017.-
VISTO QUE, PARA QUIENES VIVIMOS EN GRANDES CIUDADES Y ZONAS URBANAS, DISFRUTAR DEL SERVICIO DE LA ENERGÍA ELÉCTRICA SE HA CONVERTIDO EN UNA INDIFERENTE COMODIDAD Y QUIZÁ EN ESA INDIFERENCIA SURJA QUE LA VALORIZAMOS CUANDO NO LA TENEMOS ÚNICAMENTE;
Y QUE, ES IMPOSIBLE PARA NUESTRA FORMA DE VIDA ACTUAL SOBREVIVIR SIN ELECTRICIDAD; PUES, POR OBVIO QUE RESULTE, LA ENERGÍA ELÉCTRICA ESTÁ PRESENTE CASI EN TODO, FÁBRICAS, OFICINAS, SEGURIDAD, ENTRETENIMIENTO, ILUMINACIÓN, ETC.; DÁNDONOS CUENTA DE ELLO SÓLO CUANDO CARECEMOS DEL SERVICIO; REFLEXIONANDO SOBRE SU NOTABLE IMPORTANCIA SOLAMENTE ANTE SU CARENCIA;
SIENDO QUE, LA ENERGÍA ELÉCTRICA ES DE VITAL JERARQUÍA PARA NUESTRO DESARROLLO, Y PROGRESO EN NUESTRA VIDA COTIDIANA, YA SEA PORQUE FACILITA EL FUNCIONAMIENTO DE GRANDES MÁQUINAS, O SIMPLES ARTEFACTOS COMO: LA HELADERA, TELEVISOR, AIRE ACONDICIONADO, EQUIPO DE SONIDO ENTRE OTROS QUE SIRVEN PARA SATISFACER LAS NECESIDADES DE LOS SERES HUMANOS Y NOS AYUDA EN NUESTRAS LABORES DIARIAS EN EL HOGAR, MEJORA NUESTRO ESTILO, CALIDAD Y FACILITA UNA VIDA ESTABLE; Y,
CONSIDERANDO QUE, LA OBRA DE ALTA TENSIÓN BENITO JUÁREZ-ADOLFO GONZALES CHAVES SE ENCUENTRA SUSPENDIDA. SABIENDO QUE SU CONSTRUCCIÓN ORIGINALMENTE LLEVARÍA UNA INVERSIÓN DE NOVENTA Y CINCO MILLONES DE PESOS, Y PARA LA CUAL EL MUNICIPIO RECIBIÓ UN APORTE INICIAL DE TREINTA Y OCHO MILLONES Y LUEGO ALGO MÁS DE DOS MILLONES (TODAS SUMAS APROXIMADAS). DINERO CON EL CUAL Y POR CONVENIO CON LA COOPERATIVA DE CONSUMO DE ELECTRICIDAD DE JUÁREZ LIMITADA SE ADQUIRIERON MATERIALES, LOS QUE SE HALLAN DEPOSITADOS EN DIFERENTES LUGARES, ENTRE ELLOS INMUEBLES ALQUILADOS Y CON COSTOS MENSUALES IMPORTANTES. A LO QUE SE LE SUMAN DIFERENTES EROGACIONES DE DISTINTAS CARACTERÍSTICAS, SEGUROS, SEGURO DE CAUCIÓN (SETENTA MIL PESOS MENSUALES), ETC ETC;
Y QUE, A TODO SE LE INCORPORA LA POSIBILIDAD DEL VENCIMIENTO DE LAS RESPONSABILIDADES ASUMIDAS EN DISTINTOS ASPECTOS CONVENIDOS; AUMENTO EN LOS COSTOS DE LOS MATERIALES Y MANO DE OBRA PRODUCTO DE LOS NIVELES DE INFLACIÓN;
Y QUE, POR LAS CARACTERÍSTICAS DE LOS CONVENIOS Y LAS DISTINTAS CLAUSULAS ESTABLECIDAS EN CADA UNO DE ELLOS SE HAN REALIZADO DIVERSAS AUDITORIAS DESDE EL ESTADO, LAS CUALES TUVIERON UN RESULTADO SATISFACTORIO;
Y SIENDO QUE, ESTE CONJUNTO DE SITUACIONES Y CIRCUNSTANCIAS ADVERSAS CONSPIRAN PARA QUE EL DISTRITO DE BENITO JUÁREZ, VEA TRUNCADAS LAS POSIBILIDADES DE SOLUCIONAR EL PROBLEMA ENERGÉTICO, ELEMENTO FUNDAMENTAL EN EL PROCESO DE PROGRESO DE TODA SOCIEDAD;
Y QUE, POR LAS INNUMERABLES DECLARACIONES PÚBLICAS DESDE EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL SE REVELA QUE SE HAN REALIZADO SENDAS GESTIONES: NOTAS, REUNIONES, Y CARTAS DOCUMENTOS;
Y SIENDO QUE, NO SE VISIBILIZA O SE DESCONOCE CUÁL ES EL MOTIVO O LOS INCONVENIENTES QUE ESTÁN IMPOSIBILITANDO LA EL ENVIÓ DE FONDOS Y LA CONTINUACIÓN DE ESTA OBRA, POR PARTE DEL PODER EJECUTIVO NACIONAL;
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUAREZ EN USO DE SUS ATRIBUCIONES:
R E S U E L V E
ARTICULO 1º.-EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BENITO JUÁREZ INSTA AL PODER EJECUTIVO NACIONAL, A QUE SE ARBITREN TODOS LOS MEDIOS NECESARIOS PARA QUE SE LOGRE ESTABLECER UNA SOLUCIÓN PARA QUE SE PUEDA CONTINUAR HASTA SER FINALIZADA LA OBRA DE ALTA TENSIÓN BENITO JUÁREZ- ADOLFO GONZALES CHAVES.-
ARTICULO 2º.- PARA EL CASO DE QUE ALGÚN IMPEDIMENTO SUSTANCIAL Y AJENO A LA MERA DECISIÓN POLÍTICA IMPOSIBILITE LA CONCRECIÓN DE ESTA IMPORTANTE OBRA PARA EL DISTRITO, SÍRVASE COMUNICAR A ESTE CUERPO CUAL ES, O SON LAS CIRCUNSTANCIAS QUE LLEVAN A ESTA DETERMINACIÓN.-
ARTICULO 3º.- DE FORMA.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTISIETE DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.-
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