Resolución Nro: 2014542

RESOLUCION DEL H.C.D. N° 542/2014.-
VISTO, QUE UNA DE LAS MAYORES PROBLEMÁTICAS QUE AFRONTA LA COMUNIDAD DE VILLA CACIQUE, ESTÁ LIGADA AL ÁREA DE SALUD, DEBIDO A LA AUSENCIA DE UN MÉDICO DE GUARDIA ESTABLE EN EL CAPS FELIPE ANUNCIBAY.
QUE CON LO CUAL, ANTE LA EVENTUALIDAD DE UNA EMERGENCIA EL VECINO DEBE TRASLADARSE A LA CAPS DR. PEDRO PIZA DE BARKER, ES DECIR, DEBE CONTAR CON LOS RECURSOS NECESARIOS, YA SEAN ECONÓMICOS O DE TRANSPORTE PARA TRASLADARSE 7 KM. POR RUTA, OBTENER ASÍ LA ATENCIÓN MEDICA QUE REQUIERA EN ESE MOMENTO.

Y,
CONSIDERANDO
QUE EL RECLAMO DATA DESDE HACE MUCHOS AÑOS ATRÁS POR PARTE DE LOS VECINOS DE VILLA CACIQUE, Y SIN OBTENER NINGÚN TIPO DE RESPUESTA NI SOLUCIÓN POR PARTE DE LAS AUTORIDADES CORRESPONDIENTES
QUE A PARTIR DE MANIFESTACIONES POR PARTE DE LOS HABITANTES DURANTE DIFERENTES REUNIONES QUE HAN MANTENIDO CON ESTE BLOQUE, SE OBSERVA QUE LOS CIUDADANOS SE ENCUENTRAN ANTE LA VULNERABILIDAD DEL DERECHO A LA SALUD.
QUE, LA CONSTITUCIÓN DE LA OMS ESTABLECE QUE EL GOCE DEL GRADO MÁXIMO DE SALUD QUE SE PUEDA LOGRAR ES UNO DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE TODO SER HUMANO.
QUE EL DERECHO A LA SALUD INCLUYE EL ACCESO A UNA ATENCIÓN SANITARIA OPORTUNA, ACEPTABLE, ASEQUIBLE Y DE CALIDAD SATISFACTORIA. QUE ES OBLIGACIÓN DEL ESTADO CREAR LAS CONDICIONES SUFICIENTES PARA QUE LOS CIUDADANOS TENGAN ACCESO A UNA ATENCIÓN SANITARIA PERTINENTE LAS 24 HORAS DEL DÍA.
QUE EL MENCIONADO PROYECTO FUE APROBADO POR MAYORIA CON TRECE (13) POR LA AFIRMATIVA Y UN VOTO POR LA ABSTENCION DEL CONCEJAL ROBERTO MARIO CITTADINI.-
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUAREZ EN USO DE SUS ATRIBUCIONES:
R E S U E L V E
ARTICULO 1º. SOLICITAR AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL QUE SE DESTINEN PROFESIONALES DE LA SALUD AL CENTRO DE ATENCIÓN PRIMARIA DE SALUD FELIPE ANUNCIBAY DE LA LOCALIDAD DE VILLA CACIQUE, PARA QUE PERMANEZCA DE GUARDIA NOCTURNA EN EL CENTRO DE ATENCIÓN MÉDICA ANTES MENCIONADO.
ARTICULO 2º.-COMUNÍQUESE. AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTIDOS DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL CATORCE.-

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