Resolucion Nro. 20261141

RESOLUCION Nº 1141/2026

Visto

El estado actual de la laguna “El Chifle” ubicada en la localidad de Tedín Uriburu, Partido de Benito Juárez, y la importancia ambiental, recreativa, turística y social que dicho espacio representa para la comunidad. Y,

Considerando

Que la laguna “El Chifle” de Tedín Uriburu constituye un patrimonio natural de gran valor para los vecinos de la localidad y de todo el Partido de Benito Juárez.

Que dicho espacio posee un importante potencial para el desarrollo de actividades recreativas, deportivas, educativas y turísticas, favoreciendo el encuentro de las familias y promoviendo el contacto con el ambiente.

Que la puesta en valor de este lugar contribuirá a mejorar su conservación, fortalecer la identidad local y generar oportunidades para el desarrollo turístico y económico de la localidad.

Que resulta necesario realizar tareas de mantenimiento, limpieza, acondicionamiento, forestación, señalización, instalación y reparación de mobiliario urbano, mejoramiento de accesos y toda otra intervención que permita recuperar y preservar este espacio público.

Que es facultad del Departamento Ejecutivo planificar y ejecutar acciones tendientes a la conservación y mejoramiento de los espacios públicos del distrito.

El Honorable Concejo Deliberante de la municipalidad de Benito Juárez en uso de sus atribuciones que le son propias:

RESUELVE 

Artículo 1°: Solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal que tenga a bien evaluar y disponer las acciones necesarias para la puesta en valor de la laguna “El Chifle” de la localidad de Tedín Uriburu.

Artículo 2°: Recomendar que, en el marco de dicha puesta en valor, se considere la realización de tareas de limpieza integral del predio, mantenimiento y recuperación de la costa, mejoramiento de los accesos, instalación y/o reparación de bancos, mesas, cestos de residuos, cartelería informativa y señalización, forestación con especies adecuadas, iluminación en los sectores que corresponda y toda otra obra que contribuya a mejorar las condiciones del espacio.

Artículo 3°: De forma. –

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintitrés días del mes de Julio del año dos mil veintiséis.