RESOLUCION Nº 1123/2026
Visto
La necesidad de garantizar la seguridad de los peatones en el Parque 9 de Julio, especialmente niños y personas con discapacidad que concurren al mismo, y la existencia de calles internas de tierra habilitadas a la circulación vehicular sin señalización adecuada;
Y Considerando
Que el Parque 9 de Julio constituye un espacio público de recreación ampliamente concurrido por familias, niños y adultos mayores;
Que se ha observado la circulación de vehículos a velocidades elevadas dentro del predio, lo cual genera situaciones de riesgo;
Que las calles internas son de tierra, careciendo de señalización vial que ordene la circulación y advierta a los conductores;
Que el parque cuenta con un sector de juegos infantiles sin delimitación respecto de las áreas de circulación vehicular;
Que al mismo concurren niños y jóvenes que participan en actividades de un centro de día para personas con discapacidad, lo cual exige condiciones reforzadas de accesibilidad y seguridad;
Que la falta de medidas preventivas incrementa la posibilidad de siniestros viales en un entorno de especial vulnerabilidad;
Que es deber del Estado Municipal garantizar espacios públicos seguros, inclusivos y accesibles para todos;
El Honorable Concejo Deliberante de la municipalidad de Benito Juárez en uso de sus atribuciones que le son propias:
RESUELVE
Artículo 1°: Solicítese al Departamento Ejecutivo la colocación de cartelería vial dentro del Parque 9 de Julio, indicando: velocidad máxima reducida, prioridad peatonal, presencia de niños y presencia de personas con discapacidad.
Artículo 2°: Dispóngase la delimitación del sector de juegos infantiles mediante elementos físicos y/o visuales (vallado liviano, postes, sogas, canteros u otros), a fin de separarlo de la circulación vehicular.
Artículo 3°: Evalúese la colocación de señalización vertical adicional y elementos de advertencia visual (tachas reflectivas, estacas, delineadores, etc.) acordes al tipo de superficie.
Artículo 4°: De forma.-
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los catorce días del mes de Mayo del año dos mil veintiséis.
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