Resolucion Nro. 20261121

RESOLUCION Nº 1121/2026

Visto

Que la Tasa por Conservación, Mantenimiento y Mejoramiento de la Red Vial Rural se determina conforme lo establecido en la Ordenanza Impositiva vigente, en su Capítulo XV;

Y Considerando

Que para el cálculo de dicha tasa se contemplan diversas variables, entre ellas el valor de la Unidad de Valor Adquisitivo (UVA), el precio del trigo y el índice de arrendamiento rural;

Que la normativa establece que los valores utilizados deben surgir del promedio de los últimos cinco (5) días con datos publicados con anterioridad a la fecha de corte utilizada para la generación del índice;

Que asimismo se fija un límite máximo y mínimo en función del valor del Novillito EyB P. 391/430;

Que los valores concretos utilizados para cada una de estas variables no son informados públicamente al momento de la liquidación de la tasa;

Que tampoco se especifica la fecha de corte adoptada por el Departamento Ejecutivo para la determinación del índice;

Que esta situación impide a los contribuyentes verificar de manera clara y objetiva el cálculo de la tasa;

Que, a diferencia de otras tasas y derechos municipales, esta presenta una falta de transparencia en su determinación;

El Honorable Concejo Deliberante de la municipalidad de Benito Juárez en uso de sus atribuciones que le son propias:

RESUELVE 

Artículo 1°: Solicítese al Departamento Ejecutivo que, al momento de disponer la actualización de la Tasa por Conservación, Mantenimiento y Mejoramiento de la Red Vial mediante el correspondiente acto administrativo, informe de manera expresa:

  1. a) La fecha de corte considerada para la determinación del índice;
  2. b) Los valores utilizados para cada una de las variables que componen la tasa y su calculo de cada una de ellas;

Artículo 2°: De forma.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los catorce días del mes de Mayo del año dos mil veintiséis.