RESOLUCION Nº 1079/2025
Visto
Que el día 25 de abril de 2024, el Honorable Concejo Deliberante aprobó por unanimidad un Proyecto de Comunicación instando al Departamento Ejecutivo a intervenir ante el Ministerio de Transporte para gestionar la restitución del servicio de transporte en las localidades de Barker y Villa Cacique.
Considerando
Que la falta de respuesta por parte del Departamento Ejecutivo genera incertidumbre en la comunidad afectada, que continúa sin acceso a un servicio esencial de transporte.
Que la necesidad de restablecer el servicio de transporte en Barker y Villa Cacique es una demanda constante de los vecinos y un derecho básico para la conectividad y el desarrollo local.
Que es fundamental contar con información oficial respecto de las gestiones realizadas por el Municipio ante el Ministerio de Transporte y la empresa concesionaria de la ruta para conocer el estado actual del reclamo y los avances logrados.
Que el acceso al transporte de larga distancia impacta directamente en la calidad de vida de los ciudadanos, sobre todo en las comunidades serranas, que ven afectado el arribo de turistas ante la falta de conexión.
El Honorable Concejo Deliberante de la municipalidad de Benito Juárez en uso de sus atribuciones que le son propias:
RESUELVE
Artículo 1°: Solicitar al Departamento Ejecutivo que tenga a bien considerar brindar una respuesta formal y detallada sobre las gestiones realizadas ante el Ministerio de Transporte y la empresa concesionaria de la ruta, en cumplimiento del Proyecto de Comunicación Nº 46/2024 aprobado el 25 de abril de 2024 por el Honorable Concejo Deliberante.
Artículo 2°: Solicitar al Departamento Ejecutivo que considere en caso de responder de forma oficial, especificar los pasos administrativos seguidos, las reuniones mantenidas, los compromisos asumidos por las partes involucradas y las posibles soluciones planteadas para la restitución del servicio de transporte en Barker y Villa Cacique.
Artículo 3º: Remitir copia de la presente resolución al Departamento Ejecutivo y al Ministerio de Transporte de la Provincia de Buenos Aires para su conocimiento y efectos correspondientes.
Artículo 4º: De forma.-
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de Marzo del año dos mil veinticinco
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