Resolución Nro: 2019860

RESOLUCIÓN Nº 860/2019
VISTO
EL ART. 14 DE LA CONSTITUCIÓN DE LA NACIÓN ARGENTINA, LA LEY NACIONAL N° 26606 QUE INSTITUYE AL MES DE OCTUBRE DE CADA AÑO COMO “MES NACIONAL DE CONCIENTIZACIÓN SOBRE EL CÁNCER DE MAMA”, LA LEY PROVINCIAL N° 14814, MODIFICATORIA DE LA LEY N° 10430
CONSIDERANDO:
QUE “EL CÁNCER DE MAMA ES UN TUMOR MALIGNO QUE SE ORIGINA EN EL TEJIDO DE LA GLÁNDULA MAMARIA. CUANDO LAS CÉLULAS TUMORALES PROCEDEN DEL TEJIDO GLANDULAR DE LA MAMA Y TIENEN CAPACIDAD DE INVADIR LOS TEJIDOS SANOS DE ALREDEDOR Y DE ALCANZAR ÓRGANOS ALEJADOS E IMPLANTARSE EN ELLOS, HABLAMOS DE CÁNCER DE MAMA”.
QUE ES DE VITAL IMPORTANCIA LA DETECCIÓN TEMPRANA DE DICHA ENFERMEDAD, YA QUE EL 95% DE LOS CÁNCERES DE MAMA SON CURABLES SI SE DETECTAN A TIEMPO.
QUE LA TÉCNICA UTILIZADA Y MUNDIALMENTE ACEPTADA ES LA MAMOGRAFÍA, QUE CONSISTE EN UNA RADIOGRAFÍA DE LAS MAMAS, CAPAZ DE DETECTAR LESIONES EN ESTADIOS MUY INCIPIENTES DE LA ENFERMEDAD.
QUE LA SOCIEDAD ARGENTINA DE MASTOLOGÍA RECOMIENDAN REALIZAR LA PRIMERA MAMOGRAFÍA A PARTIR DE LOS 40 AÑOS.
QUE EN MUJERES JÓVENES Y CON MAMAS DENSAS EL ESPECIALISTA PUEDE SUGERIR ADEMÁS, UNA ECOGRAFÍA, TAMBIÉN LLAMADA ULTRASONOGRAFÍA.
QUE POR LEY N° 26606, SE INSTITUYE AL MES DE OCTUBRE DE CADA AÑO COMO EL “MES NACIONAL DE CONCIENTIZACIÓN SOBRE EL CÁNCER DE MAMA”.
QUE EN ESPECIAL, Y POR INICIATIVA DE LA ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS), EL 19 DE OCTUBRE SE CELEBRA MUNDIALMENTE EL “DÍA INTERNACIONAL DE LA LUCHA CONTRA EL CÁNCER DE MAMA” CON EL OBJETIVO DE CREAR CONCIENCIA Y PROMOVER QUE CADA VEZ MÁS MUJERES ACCEDAN A CONTROLES, DIAGNÓSTICOS Y TRATAMIENTOS OPORTUNOS Y EFECTIVOS.
QUE EN EL PRESENTE AÑO, LIPOLCC (LIGA POPULAR DE LUCHA CONTRA EL CÁNCER) BENITO JUÁREZ SE ENCUENTRA ATRAVESANDO LOS 50 AÑOS EN NUESTRO DISTRITO, REALIZANDO DISTINTAS ACTIVIDADES CONMEMORATIVAS TAMBIÉN EN EL MES DE PREVENCIÓN DEL CÁNCER DE MAMA, COMO LA RECIENTE Y MULTITUDINARIA CORRECAMINATA.
QUE DICHA INSTITUCIÓN HA PERMITIDO UNA CONCIENTIZACIÓN ENORME DE UNA PROBLEMÁTICA RECURRENTE, ACOMPAÑANDO TAMBIÉN A LOS PACIENTES, SUS FAMILIAS Y COMUNIDAD TODA EN EL DIFÍCIL PROCESO QUE TOCA TRANSCURRIR.
QUE NUESTRO MUNICIPIO TRABAJA EN FORMA PERMANENTE EN LA IMPLEMENTACIÓN DE CAMPAÑAS DE CONCIENTIZACIÓN SOBRE LA IMPORTANCIA DE REALIZAR LOS AUTOCONTROLES Y CHEQUEOS CORRESPONDIENTES PARA LA DETECCIÓN TEMPRANA DE LA ENFERMEDAD COMO ASÍ TAMBIÉN EN LA ATENCIÓN Y CONTENCIÓN DE PACIENTES ONCOLÓGICOS Y SUS FAMILIAS.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUAREZ EN USO DE SUS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS:
RESUELVE
ARTÍCULO 1º: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BENITO JUÁREZ SOLICITA AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL, EVALUÉ SU ADHESIÓN AL “DÍA INTERNACIONAL DE LA LUCHA CONTRA EL CÁNCER DE MAMA.”
ARTÍCULO 2º : MEDIANTE EL ÁREA QUE CORRESPONDA, EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL REALIZARÁ LAS ACCIONES CORRESPONDIENTES PARA DAR CUMPLIMIENTO AL PRESENTE PROYECTO.
ARTÍCULO 3: COMUNIQUESE AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DIEZ DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE.-

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