Ordenanza Nro: 984

VISTO LO ACTUADO EN EL EXPEDIENTE LETRA “D” N° 209/79;
QUE LA SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS PROYECTA A AMPLIACIÓN DE LA PLANTA URBANA DE LA LOCALIDAD DE BARKER, PARA INCLUIR EN LA MISMA EL FUTURO BARRIO DE VIVIENDAS QUE SE CONSTRUIRÁ CON RECURSOS DEL FONAVI;
QUE, CONSECUENTEMENTE, SE PREVÉ LA MODIFICACIÓN DE LA ZONA DE RESERVA PARA ENSANCHE URBANO;
LAS FACULTADES ESTABLECIDAS EN LOS ARTÍCULOS 5° Y 6° DE LA LEY 9448,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE BENITO JUÁREZ, EN EJERCICIO DE LAS ATRIBUCIONES REGLAMENTARIAS DEL DEPARTAMENTO DELIBERATIVO, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA MUNICIPAL N° 984
ARTÍCULO 1°.- MODIFICASE EL ARTÍCULO 24° DEL ANEXO DE LA ORDENANZA MUNICIPAL N° 916, POR EL SIGUIENTE:
“ARTÍCULO 24°.- DECLARASE ÁREA URBANA DE LA LOCALIDAD DE BARKER, LA COMPRENDIDA EN EL SECTOR DELIMITADO POR LAS CALLES: 6-CERRITO; 27-C.C.VIGIL; AVDA. 8-MALVINAS ARGENTINAS; 13- J. VUCETICH; 26-SIN NOMBRE; 33- G. MISTRAL”.
ARTÍCULO 2°.- MODIFICASE EL ARTÍCULO 27° DEL ANEXO DE LA ORDENANZA MUNICIPAL N° 916, EL QUE DIRÁ:
“ARTÍCULO 27°.- DECLARASE ZONA DE RESERVA PARA ENSANCHE URBANO EN LA LOCALIDAD DE BARKER, LA COMPRENDIDA ENTRE LAS CALLES: 26-SIN NOMBRE; 13- J. VUCETICH; 30- SIN NOMBRE; 33-G. MISTRAL”.
ARTÍCULO 3°.- HASTA TANTO SE ESTABLEZCAN LAS NORMAS DE USO, OCUPACIÓN, SUBDIVISIÓN Y EQUIPAMIENTO DEL ÁREA URBANA Y LA ZONA DE RESERVA PARA ENSANCHE URBANO DE LA LOCALIDAD DE BARKER, SERÁN UTILIZADOS PROVISORIAMENTE LOS INDICADORES DADOS PARA EL DISTRITO RESIDENCIAL 4 (R4), DEL ARTÍCULO 38° DEL ANEXO A LA ORDENANZA MUNICIPAL N° 916.
ARTÍCULO 4°.- COMUNÍQUESE, DESE AL REGISTRO ÚNICO DE ORDENANZAS, TOME NOTA OBRAS PARTICULARES Y LA COMISIÓN ASESORA MUNICIPAL A LOS EFECTOS CORRESPONDIENTES, CUMPLIDO, ARCHÍVESE.

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