Ordenanza Nro: 861

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES DE DEPARTAMENTO DELIBERATIVO MUNICIPAL, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA N° 861
PARA EL PARTIDO DE BENITO JUAREZ

ARTÍCULO 1°.- CREASE EN EL PRESUPUESTO DE GASTOS VIGENTE, EN LA FINALIDAD I- ADMINISTRACIÓN GENERAL- SECCIÓN 1- EROGACIONES CORRIENTES, SECTOR 3 – TRANSFERENCIAS CORRIENTES, EL INCISO 9 “CONVENIO CON EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN REFACCIÓN DE EDIFICIOS”, CON UN CRÉDITO DE NOVENTA MIL PESOS ($ 90000), TOMANDO LOS FONDOS DE LA PARTIDA 11.31. SUBSIDIOS A ENTIDADES DEL SECTOR PÚBLICO (CONSEJO ESCOLAR).
ARTÍCULO 2°.- CÚMPLASE, REGÍSTRESE Y PUBLÍQUESE.

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