Ordenanza Nro: 858

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES DE DEPARTAMENTO DELIBERATIVO MUNICIPAL, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA N° 858
PARA EL PARTIDO DE BENITO JUAREZ

ARTÍCULO 1°.- APRUÉBESE EL CONVENIO SUSCRIPTO ENTRE EL MINISTERIO DE BIENESTAR SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Y LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUÁREZ OBRANTE A FOJAS 7 DEL EXPEDIENTE 2900-26852/76, QUE RUBRICADA POR LA SECRETARIA DE ASUNTOS MUNICIPALES FORMA PARTE INTEGRANTE DE LA PRESENTE, POR EL QUE SE ADOPTAN MEDIDAS TENDIENTES A PROVEER AL HOSPITAL LOCAL GENERAL DE JUÁREZ, DE SERVICIOS ESPECIALIZADOS E INSTRUMENTAL NECESARIO.

ARTÍCULO 2°.- CÚMPLASE, REGÍSTRESE Y PUBLÍQUESE.

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