Ordenanza Municipal Nº 6246/2026
Visto
La nota de solicitud de eximición de tasas municipales presentada por la “Peña Boquense de Benito Juárez “Vicente Tano Pernía”, obrante a foja Nro. 2 del Expediente: Letra G, Número 233, Año 2.025, y;
Considerando
La documentación obrante en el expediente mencionado en el visto;
El Honorable Concejo Deliberante de la municipalidad de Benito Juárez en uso de sus atribuciones que le son propias, resuelve y:
O R D E N A
Artículo 1º: Exímase del pago según ordenanza Nº 5842/2022 para el periodo comprendido entre el 01 de Enero y el 31 de Diciembre del año 2.026, a la Peña Boquense de Benito Juárez Vicente “Tano” Pernía, entidad de bien público registrada bajo el Nro. 124, al inmueble designado catastralmente como:
Servicio sanitario medido,
Alumbrado en la vía pública,
Recolección, limpieza, conservación de la vía pública y medio ambiente.
Artículo 2º: Exímase del pago según ordenanza Nº 5842/2022 para el periodo comprendido entre el 01 de Enero y el 31 de Diciembre del año 2.026, a la Peña Boquense de Benito Juárez Vicente “Tano” Pernía, entidad de bien público registrada bajo el Nro. 124, al inmueble designado catastralmente como:
Servicio sanitario no medido,
Alumbrado en la vía pública,
Recolección, limpieza, conservación de la vía pública y medio ambiente.
Artículo 3º: Exímase del pago según ordenanza Nº 5842/2022 para el periodo comprendido entre el 01 de Enero y el 31 de Diciembre del año 2.026, a la Peña Boquense de Benito Juárez Vicente “Tano” Pernía, entidad de bien público registrada bajo el Nro. 124, al inmueble designado catastralmente como:
Servicio sanitario no medido,
Alumbrado en la vía pública,
Recolección, limpieza, conservación de la vía pública y medio ambiente.
Artículo 4º: De forma.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veinticuatro días del mes de Febrero del año dos mil veintiséis.
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