Ordenanza Nro. 6243

Ordenanza Municipal Nº 6243/2025

Visto

Que el Sistema de Concentración Rural del Partido de Benito Juárez cumple cincuenta (50) años de implementación y funcionamiento ininterrumpido, garantizando el acceso a la educación de niños, niñas y adolescentes que habitan en zonas rurales del distrito.

Y Considerando

Que el Sistema de Concentración Rural constituye una política educativa fundamental para el Partido de Benito Juárez, permitiendo que estudiantes de parajes y zonas rurales dispersas puedan ejercer plenamente su derecho a la educación obligatoria, pública y de calidad.

 

Que dicho sistema comenzó a desarrollarse hace cinco décadas como una respuesta a las particularidades territoriales del distrito, caracterizado por su extensión geográfica y la baja densidad poblacional en áreas rurales.

 

Que la Concentración Rural no solo implica la organización pedagógica de los establecimientos educativos, sino también una compleja y sostenida logística de transporte escolar diario, indispensable para asegurar la asistencia regular de los alumnos a las escuelas.

 

Que en este marco resulta imprescindible destacar el rol histórico y permanente de la Comisión Vial Rural, cuya labor en el mantenimiento y mejora de los caminos rurales ha sido y continúa siendo un pilar esencial para la circulación segura de los vehículos de transporte escolar, especialmente en contextos climáticos adversos.

 

Que sin caminos rurales transitables y en condiciones adecuadas, el derecho a la educación de los estudiantes del ámbito rural se vería seriamente vulnerado, por lo que el trabajo de la Comisión Vial adquiere un valor social y educativo trascendental.

 

Que asimismo corresponde reconocer el compromiso sostenido del Municipio de Benito Juárez, que a lo largo de estos cincuenta años ha acompañado, gestionado y fortalecido el Sistema de Concentración Rural mediante la articulación con los organismos educativos provinciales, el aporte de recursos, la planificación territorial y el acompañamiento a las comunidades educativas.

 

Que el Estado municipal ha asumido un rol activo en la defensa del derecho a la educación, comprendiendo que garantizar el acceso a la escuela en el ámbito rural no es solo una cuestión educativa, sino también una política de inclusión, arraigo y equidad territorial.

 

Que el Sistema de Concentración Rural ha permitido que generaciones de juarenses puedan formarse, desarrollarse y proyectar su futuro sin verse obligados a abandonar el medio rural, fortaleciendo el entramado social y productivo del Partido de Benito Juárez.

 

Que resulta oportuno y necesario que este Honorable Concejo Deliberante reconozca y ponga en valor los cincuenta años de esta política pública, visibilizando el esfuerzo colectivo de docentes, estudiantes, familias, trabajadores viales, la Comisión Vial y el Estado municipal.

 

Que la conmemoración de este aniversario constituye una oportunidad para reafirmar el compromiso con la educación pública, el desarrollo rural y la igualdad de oportunidades para todos los habitantes del distrito.

El Honorable Concejo Deliberante de la municipalidad de Benito Juárez en uso de sus atribuciones que le son propias, resuelve y:

O      R     D    E    N     A

Artículo 1º: Declárase el año 2026 como año de conmemoración de los cincuenta (50) años del Sistema de Concentración Rural en el Partido de Benito Juárez.

Artículo 2º: Reconózcase el valor histórico, educativo y social del Sistema de Concentración Rural como política pública fundamental para garantizar el derecho a la educación de los niños, niñas y adolescentes del ámbito rural del distrito.

Artículo 3º: Destáquese el aporte esencial de la Comisión Vial Rural del Partido de Benito Juárez en el sostenimiento del sistema educativo rural, mediante el mantenimiento y mejora permanente de los caminos rurales que permiten el traslado diario de los estudiantes.

Artículo 4º: Resáltese el compromiso y la labor del Departamento Ejecutivo Municipal de Benito Juárez en el acompañamiento, fortalecimiento y sostenimiento del Sistema de Concentración Rural a lo largo de estos cincuenta años.

Artículo 5º: Establézcase que durante el año conmemorativo, toda la documentación oficial del HCD, del Ente Descentralizado “Dr. Alfredo Saintout” y del Departamento Ejecutivo Municipal, incluya la leyenda “50 AÑOS DEL SISTEMA DE CONCENTRACION RURAL – BENITO JUAREZ”

Artículo 6º: De forma.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintidós días del mes de Diciembre del año dos mil veinticinco