Ordenanza Nro: 5574

ORDENANZA MUNICIPAL Nº5574/ 2020
VISTO LO ACTUADO EN EL EXPEDIENTE LETRA “G” N° 33/2020, EN EL CUAL DE FOJAS 5 A 9 OBRA EL CONVENIO DE ADHESIÓN AL FONDO DE ASISTENCIA MUNICIPAL PARA LA ATENCIÓN NO HOSPITALARIA DE PACIENTES CON COVID-19, SUSCRIPTO POR EL MINISTERIO DE SALUD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, REFERENTE A LA ADHESIÓN DEL MUNICIPIO, AL DECRETO PROVINCIAL N° 495/2020, QUE CREA EL “FONDO DE ASISTENCIA MUNICIPAL PARA LA ATENCIÓN NO HOSPITALARIA DE PACIENTES CON COVID-19”
QUE EL CITADO CONVENIO FUE REGISTRADO BAJO EL N° 27/2020 DEL REGISTRO MUNICIPAL DE CONVENIOS Y
QUE EN EL MISMO TIEMPO TIENE POR OBJETO BRINDAR AYUDA FINANCIERA POR PARTE DEL MINISTERIO, A LOS MUNICIPIOS QUE RECIBAN PACIENTES CON SÍNTOMAS LEVES DEL COVID-19, Y QUE NO REQUIERAN MAYOR ASISTENCIA HOSPITALARIA Y
CONSIDERANDO EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO CONVENIENTE LA CONVALIDACIÓN DEL CITADO CONVENIO POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUAREZ EN USO DE SUS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y:
O R D E N A
ARTICULO 1º CONVALIDASE EL CONVENIO DE ADHESIÓN AL FONDO DE ASISTENCIA MUNICIPAL PARA LA ATENCIÓN NO HOSPITALARIA DE PACIENTES CON COVID-19 SUSCRIPTO CON EL MINISTERIO DE SALUD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, REGISTRADO BAJO EL N° 27/2020, DE ACUERDO A LO ACTUADO EN EL EXPEDIENTE LETRA “G” N° 33/2020.
ARTÍCULO 2º DE FORMA.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTICUATRO DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTE.-

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