Ordenanza Nro: 1512

ORDENANZA MUNICIPAL N° 1512
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPA LIDAD DE BENITO JUAREZ EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y
O R D E N A
ARTICULO 1°.- INCLÚYASE COMO EL ÚLTIMO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 8° DE LA ORDENANZA MUNICIPAL N° 1435 LA SIGUIENTE REDACCIÓN:
“TODAS AQUELLAS PERSONAS QUE SE ENCUENTREN EXENTAS DEL PAGO DE LAS TASAS MUNICIPALES, DE ACUERDO A LO QUE DETERMINA LA ORDENANZA MUNICIPAL N° 1313 O LAS QUE EN LO SUCESIVO LA MODIFIQUEN, Y QUE MEDIANTE ENCUESTA SOCIO-ECONÓMICA SE VERIFIQUE LA IMPOSIBILIDAD DE HACER FRENTE AL COSTO DE LA OBRA QUE SE EJECUTE FRENTE A SU DOMICILIO, QUEDARAN EXENTAS DEL PAGO DE LA MISMA”.
ARTÍCULO 2° AQUELLOS FRENTISTAS QUE ENAJENEN LA PROPIEDAD EN CUESTIÓN, EN UN LAPSO MENOR DE TRES (3) AÑOS PERDERÁN LOS DERECHOS DE EXCEPCIÓN PRE-ENUNCIADOS, ABONANDO LA OBRA REALIZADA A VALOR ACTUALIZADO.
ARTÍCULO 3°.- DE FORMA.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS SEIS DIAS DEL MES DE FEBRERO DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SEIS.

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