Ordenanza Nro: 1228

VISTO LO ACTUADO EN EL EXPEDIENTE LETRA “S” N° 217/83, EN EL QUE A FOJAS 20 LA SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS SOLICITA AUTORIZACIÓN PARA VENDER A LA MUNICIPALIDAD DE TANDIL 150(CIENTO CINCUENTA) TONELADAS DE CEMENTO PORTLAND A GRANEL;
LO INFORMADO A FOJAS 20 VUELTA, 21 Y 21 VUELTA, POR LOS SEÑORES CONTADOR, ASESOR LEGAL Y SECRETARIO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, RESPECTIVAMENTE;
LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 159° INCISO B) DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL;
Y CONSIDERANDO QUE LOS ELEMENTOS QUE SE PROPICIA VENDER NO PUEDEN SER ACOPIADOS POR SU NATURALEZA, Y NO SERÁN UTILIZADOS DEBIDO A LA SUSPENSIÓN DE LAS OBRAS DE PAVIMENTACIÓN Y ENSANCHE DE LA AVENIDA SAN MARTIN, Y REPAVIMENTACIÓN Y ENSANCHE DE LA AVENIDA OTAMENDI;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE BENITO JUÁREZ, EN EJERCICIO DE LAS ATRIBUCIONES REGLAMENTARIAS DE DEPARTAMENTO DELIBERATIVO, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA MUNICIPAL N° 1228
DEROGADA POR ORDENANZA 1232/1983
ARTÍCULO 1°.- DISPONESE LA VENTA DIRECTA A LA MUNICIPALIDAD DE TANDIL DE CIENTO CINCUENTA (150) TONELADAS DE CEMENTO PORTLAND A GRANEL, EN LA SUMA DE PESOS ARGENTINOS NOVENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS SESENTA CON CINCUENTA CENTAVOS ($A 95860,50).
ARTÍCULO 2°.- COMUNÍQUESE, DESE AL REGISTRO ÚNICO DE ORDENANZAS, TOME NOTA OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, CONTADURIA, SECRETARIA DE GOBIERNO Y HACIENDA, A LOS EFECTOS CORRESPONDIENTES, CUMPLIDO, ARCHÍVESE.

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