VISTO LA CONVENIENCIA DE ADECUAR LA ESTRUCTURA ORGÁNICO FUNCIONAL DE LA MUNICIPALIDAD, SIGUIENDO EL CRITERIO DE RACIONALIZAR LA ADMINISTRACIÓN COMUNAL;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE BENITO JUÁREZ, EN EJERCICIO DE LAS ATRIBUCIONES DE DEPARTAMENTO DELIBERATIVO, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA MUNICIPAL N° 1171
ARTÍCULO 1°.- SUPRÍMANSE LOS SIGUIENTES CARGOS DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICO FUNCIONAL: DIRECCIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS Y CONTROL DE GESTIÓN, SECRETARIO PRIVADO, DIVISIÓN INSPECCIÓN GENERAL, Y DIVISIÓN DE DESPACHO GENERAL.
ARTÍCULO 2°.- CRÉANSE LOS SIGUIENTES CARGOS DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICO FUNCIONAL:
a) DEPARTAMENTO DE INSPECCIÓN GENERAL, DEPENDIENTE DE LA DIRECCIÓN DE OBRAS PÚBLICAS EN LA SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, DEL QUE DEPENDERÁ A SU VEZ LA DIVISIÓN DE SERVICIOS DE CALLES.
b) DEPARTAMENTO DE TRÁNSITO, CATASTRO Y ARCHIVO, DEPENDIENTE DE LA DIRECCIÓN DE OBRAS PÚBLICAS EN LA SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS.
ARTÍCULO 3°.- APRUÉBESE LA ESTRUCTURA ORGÁNICO FUNCIONAL QUE OBRA COMO ANEXO I DE LA PRESENTE ORDENANZA.
ARTÍCULO 4°.- LA PRESENTE ORDENANZA REGIRÁ A PARTIR DEL DÍA 1° DE ENERO DE 1983.
ARTÍCULO 5°.- PUBLÍQUESE EN EL BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL.
ARTÍCULO 6°.- COMUNÍQUESE, DESE AL REGISTRO ÚNICO DE ORDENANZAS, TOME NOTA PERSONAL, CONTADURÍA, PLANEAMIENTO, Y SECRETARIA DE GOBIERNO Y HACIENDA, CUMPLIDO ARCHÍVESE.
VISTO LA NECESIDAD DE ACTUALIZAR LOS MONTOS DE LAS SANCIONES ESTABLECIDAS POR LA ORDENANZA MUNICIPAL N° 1072;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE BENITO JUÁREZ, EN EJERCICIO DE LAS ATRIBUCIONES DE DEPARTAMENTO DELIBERATIVO, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA MUNICIPAL N° 1171 (BIS)
ARTÍCULO 1°.-MODIFICANSE LOS MONTOS DE LAS SANCIONES ESTABLECIDAS EN LOS ARTÍCULOS 1°, 2°, 5°, 6° Y 8° DE LA ORDENANZA GENERAL N° 1072, POR LOS SIGUIENTES:
“ART. 1° DONDE DICE $ 200000 DEBE DECIR $ 400000
” ” $ 400000 ” ” $ 800000
” ” $ 600000 ” ” $ 1200000
” ” $ 800000 ” ” $ 1600000
” ” $ 1000000 ” ” $ 2000000
” ” $ 2400000 ” ” $ 4800000
” ” $ 2800000 ” ” $ 5600000
” ” $ 3200000 ” ” $ 6400000
” ” $ 3600000 ” ” $ 7200000
” ” $ 4000000 ” ” $ 8000000
“ART. 2° ” ” $ 4000000 DEBE DECIR $ 8000000 ”
“ART.5° ” ” $ 2000000 DEBE DECIR $ 4000000 ”
“ART. 6° ” ” $ 3000000 DEBE DECIR $ 6000000 ”
“ART. 8° ” ” $ 1000000 DEBE DECIR $ 2000000 ”
ARTÍCULO 2°.- COMUNÍQUESE, DESE AL REGISTRO ÚNICO DE ORDENANZAS, PUBLIQUESE, TOME CONOCIMIENTO INSPECCION GENERAL Y ASESORIA LEGAL, A LOS EFECTOS CORRESPONDIENTES, CUMPLIDO ARCHÍVESE.
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