Benito Juárez, 14 de Agosto de 2026.-
Puesta a consideración de los señores concejales en la sesión Ordinaria del trece de Agosto del corriente año, el proyecto de comunicación presentado por el bloque Poder Ciudadano- Informe sobre la utilización del Token de IOMA en Caps Barriales.
Que el mencionado proyecto fue aprobado por unanimidad elevamos la siguiente:
Minuta de Comunicación del H.C.D. Nº 50/2026
Visto
La utilización del Token de IOMA en Centros de Atención Primaria de la Salud, en específico, el Caps ubicado en Parque Muñoz. Y;
Considerando
Que vecinos han mostrado incomodidad frente al pedido del Token de IOMA por parte del profesional médico de la salud en Parque Muñoz;
Que el Token no habilita necesariamente a cualquier establecimiento municipal a facturar prestaciones a IOMA;
Que es necesario contar con información acerca de si los Centros De Atención Primaria De La Salud se encuentran facultados y habilitados para efectuar prestaciones a afiliados de IOMA mediante el uso del Token;
Que en casos donde se percibe un salario, el Token no habilita por sí mismo a los Caps dentro de la órbita municipal a facturar prestaciones a IOMA mediante la utilización del sistema mencionado;
Que las facturaciones a IOMA debe realizarlas el mismo municipio y no al personal médico presente en un Centro de Atención Primaria e la Salud;
Que la existencia del Token no valida por sí mismo la utilización en un establecimiento sanitario;
Que es necesario contar con información vinculada a la normativa oficial de IOMA que habilita el uso del Token en los Centros de Atención Primaria de la Salud del partido de Benito Juárez;
Que es necesario informar a este cuerpo si los Caps de Benito Juárez se hallan incluidos en el esquema de prestaciones municipales en relación con IOMA;
Artículo 1°: Infórmese los motivos por los que personal médico que atiende en Parque Muñoz, solicita el Token de IOMA a pacientes que concurren a atenderse.
Artículo 2º: Infórmese a este cuerpo si de manera semejante, la práctica mencionada con antelación se realiza en el resto de los Centros de Atención Primaria de la Salud.
Artículo 3°: Bríndese información acerca de Convenio, resolución, reglamento de IOMA o Normativa que autorice explícitamente el uso del Token en Centros de Atención de la Salud del municipio de Benito Juárez.
Artículo 4°: De forma.
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de Agosto del año dos mil veintiséis.
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