Benito Juárez, 12 de Junio de 2026.-
Puesta a consideración de los señores concejales en la sesión Ordinaria del once de Junio del corriente año, el proyecto de comunicación presentado por el bloque Juárez Renace – Solicitud de información sobre nuevo basural a cielo abierto en inmediaciones de la ex Escuela Nº 17.
Que el mencionado proyecto fue aprobado por unanimidad elevamos la siguiente:
Minuta de Comunicación del H.C.D. Nº 31/2026
Visto
La existencia de depósitos y acumulación de residuos a cielo abierto en inmediaciones de la planta urbana de la ciudad de Benito Juárez, específicamente en cercanías a las instalaciones de la ex Escuela N°17 y viviendas habitadas del sector. Y,
Considerando
Que la cercanía del depósito de residuos con la ex Escuela N°17 y familias que residen en la zona genera preocupación por los potenciales impactos ambientales, sanitarios y sociales derivados de este tipo de prácticas, especialmente respecto a contaminación del aire, proliferación de vectores, contaminación del suelo y afectación de la calidad de vida.
Que el Gobernador de la Provincia de Buenos Aires, Axel Kicillof, junto al Ministerio de Ambiente bonaerense y el Municipio de Benito Juárez, anunciaron públicamente el avance de un plan integral para transformar la gestión local de residuos sólidos urbanos, basado en el saneamiento del ex basural a cielo abierto y la construcción de una celda sanitaria destinada exclusivamente a la disposición final segura del rechazo proveniente de la planta de clasificación.
Que dicho plan contempló un abordaje integral y progresivo que incluyó el fortalecimiento de la planta municipal mediante entrega de maquinaria e insumos, la inclusión social de recuperadores urbanos, campañas de educación ambiental y la ejecución de infraestructura específica destinada a abandonar definitivamente el esquema de disposición a cielo abierto.
Que, según lo informado oficialmente por las autoridades provinciales y municipales, la obra de saneamiento contempló una importante intervención de ingeniería, financiada íntegramente por el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires en el marco del programa “Mi Provincia Recicla”, dependiente de la Subsecretaría de Residuos Sólidos Urbanos y Economía Circular del Ministerio de Ambiente bonaerense.
Que dicha intervención incluyó la construcción de un módulo de cierre para los residuos existentes, cobertura impermeable de suelo, colocación de suelo vegetal, implantación de cortinas forestales y el avance de una celda sanitaria con membrana impermeabilizante, drenajes y sistemas de control ambiental destinados a evitar la contaminación del agua, el suelo y el aire.
Que la obra demandó una inversión superior a los TRES MIL MILLONES DE PESOS ($3.000.000.000), representando un hecho histórico en materia ambiental para el Partido de Benito Juárez.
Que en oportunidad de la visita oficial al predio saneado, la ministra de Ambiente de la Provincia de Buenos Aires, Daniela Vilar, expresó públicamente: “Nuestro compromiso es que nadie tenga que vivir o trabajar junto a un basural”.
Que resulta contradictorio y alarmante que, luego de semejante inversión pública y de anuncios oficiales orientados expresamente a erradicar la disposición de residuos a cielo abierto, actualmente se observe nuevamente acumulación y deposición de residuos en inmediaciones de la planta urbana y próximo a sectores habitados.
Que corresponde al Honorable Concejo Deliberante ejercer su función de control institucional, requiriendo información clara, precisa y documentada respecto de las decisiones administrativas adoptadas por el Departamento Ejecutivo.
Que asimismo resulta indispensable conocer si existen autorizaciones ambientales, estudios técnicos, normativa vigente o actos administrativos que habiliten las deposiciones observadas en el sector mencionado.
Artículo 1°: Solicítese al Departamento Ejecutivo Municipal informe a este Honorable Cuerpo, a través del área correspondiente, cuáles son los motivos, fundamentos técnicos y criterios ambientales que justifican la existencia y/o desarrollo de depósitos de residuos a cielo abierto en inmediaciones de la ex Escuela N°17 y sectores habitados próximos al lugar.
Artículo 2°: Solicítese informe si las deposiciones observadas cuentan con autorización administrativa, ambiental y/o provincial vigente, acompañando copia de expedientes, resoluciones, permisos, estudios o normativa que habilite dichas prácticas.
Artículo 3°: Remítase copia de la presente al Ministerio de Ambiente de la Provincia de Buenos Aires y a la Subsecretaría de Residuos Sólidos Urbanos y Economía Circular, a efectos de tomar conocimiento de la situación planteada.
Artículo 4°:De forma.-
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los once días del mes de Junio del año dos mil veintiséis.
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