Benito Juárez, 27 de Marzo de 2026.-
Puesta a consideración de los señores concejales en la sesión Ordinaria del veintiséis de Marzo del corriente año, el proyecto de comunicación presentado por el bloque Juárez Renace – Intervenciones quirúrgicas realizadas en el sistema de Salud Municipal.
Que el mencionado proyecto fue aprobado por unanimidad elevamos la siguiente:
Minuta de Comunicación del H.C.D. Nº 10/2026
Visto
La necesidad de contar con información detallada sobre las intervenciones quirúrgicas realizadas en el ámbito del sistema de salud municipal durante el último año. Y,
Considerando
Que resulta fundamental garantizar la transparencia en el funcionamiento del sistema de salud pública.
Que las intervenciones quirúrgicas constituyen un indicador clave del nivel de complejidad, capacidad operativa y acceso a la salud de la población.
Que el conocimiento detallado de las prácticas realizadas permite evaluar la distribución de recursos, la disponibilidad de profesionales y la eficiencia del sistema.
Que es necesario contar con información sobre los profesionales intervinientes, las especialidades y la frecuencia de las cirugías.
Que asimismo resulta indispensable conocer la proporción de intervenciones realizadas a pacientes con cobertura de obra social o sistema de medicina prepaga y aquellas efectuadas a pacientes sin cobertura, a fin de evaluar el recupero de costos y el uso de recursos públicos.
Que el Honorable Concejo Deliberante tiene la responsabilidad de ejercer control sobre la gestión del Departamento Ejecutivo y sus áreas.
Artículo 1°: Solicítese al Departamento Ejecutivo Municipal, a través del área que corresponda, informe sobre las intervenciones quirúrgicas realizadas en el sistema de salud municipal durante los últimos veinticuatro (24) meses.
Artículo 2°: Remítase un listado detallado de todas las intervenciones quirúrgicas efectuadas, especificando:
a) Fecha de la intervención
b) Tipo de cirugía realizada
c) Especialidad médica interviniente
d) Carácter de la intervención (programada o de urgencia)
e) Condición de cobertura del paciente (con obra social/prepaga o sin cobertura) y monto recuperado o facturado en caso de corresponder.
Artículo 3°: De forma.-
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintiséis días del mes de Marzo del año dos mil veintiséis.
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