Minuta Nro. 202602

Benito Juárez,   13 de Marzo de 2026.-

Puesta a consideración de los señores concejales en la sesión Ordinaria del doce de Marzo del corriente año, el proyecto de comunicación presentado por el  bloque  – Juárez Renace- Pedido de informe Cruz del Sur

Que el mencionado proyecto fue aprobado por unanimidad elevamos la siguiente:

Minuta de Comunicación del H.C.D. Nº  2/2026

Visto

Las consultas realizadas a este bloque por vecinos y vecinas de nuestra comunidad respecto al funcionamiento del Instituto “Cruz del Sur”. Y,

Considerando

Que el Estado, en todos sus niveles, tiene la obligación indelegable de garantizar la protección integral de los derechos de niños, niñas y adolescentes.

Que la Ley 26.061 establece el Sistema de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, determinando que las autoridades deben asegurar su desarrollo pleno, integridad física, psíquica y moral.

Que la Ley 13.298 de la Provincia de Buenos Aires dispone la responsabilidad de los organismos provinciales y municipales en la promoción y protección de derechos, así como en el control de instituciones que trabajen con población infantojuvenil.

Que resulta fundamental conocer la situación institucional, edilicia y profesional de aquellos espacios donde se desarrollan actividades educativas, terapéuticas, asistenciales o de cuidado destinadas a menores de edad.

Que corresponde al Honorable Concejo Deliberante ejercer su función de control y requerir información al Departamento Ejecutivo Municipal cuando existan inquietudes comunitarias vinculadas a derechos fundamentales.

Que el presente pedido no implica prejuzgamiento alguno, sino que tiene por finalidad garantizar transparencia, tranquilidad a las familias y resguardo efectivo de los derechos de niños, niñas y adolescentes.

Artículo 1°: Solicítese al Departamento Ejecutivo Municipal que, a través del área que corresponda, informe a este Honorable Cuerpo:

  1. a) Cantidad total de niños, niñas y adolescentes que actualmente asisten, residen o participan de actividades en el Instituto “Cruz del Sur”, según franja etaria.
  2. b) Nómina y cantidad de profesionales y personal a cargo, indicando formación, incumbencias y régimen de contratación.
  3. c) Estado edilicio general del inmueble, incluyendo certificaciones de seguridad eléctrica, gas, condiciones de salubridad, accesibilidad y cumplimiento de normas de seguridad e higiene.
  4. d) Detalle de inspecciones realizadas durante los últimos veinticuatro (24) meses, especificando fechas, áreas intervinientes y resultados.
  5. e) Si se han recibido denuncias formales o actuaciones administrativas vinculadas a la institución y, en su caso, qué medidas se adoptaron.
  6. f) Qué mecanismos de seguimiento, monitoreo y control periódico se implementan para garantizar el bienestar integral de los niños, niñas y adolescentes que allí concurren.

Artículo 2°: De forma.-

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los doce días del mes de Marzo del año dos mil veintiséis.