Puesta a consideración de los señores concejales en la sesión Ordinaria del veinticinco de Junio del corriente año, el proyecto de comunicación presentado por el bloque La Libertad Avanza – Solicitud informe sobre la Ordenanza Nº 4572/2012
Que el mencionado proyecto fue aprobado por unanimidad elevamos la siguiente:
Minuta de Comunicación del H.C.D. Nº 32/2026
Visto
La Ordenanza Municipal N.º 4572/2012, mediante la cual se creó en el Partido de Benito Juárez el Registro Dispositivo de Alerta para Mujeres Agredidas (Registro D.A.M.A.) y se estableció la implementación del sistema de botón antipánico destinado a víctimas de violencia; y
Considerando
Que han transcurrido más de trece años desde la sanción de la citada ordenanza.
Que resulta de interés para este Honorable Concejo Deliberante conocer el grado de implementación y funcionamiento de las herramientas de protección previstas en dicha normativa.
Que el acceso a información actualizada permitirá evaluar la eficacia de las políticas públicas locales destinadas a la prevención y asistencia de víctimas de violencia.
Artículo 1°: Solicítese al Departamento Ejecutivo informe si la Ordenanza Municipal N.º 4572/2012 se encuentra plenamente implementada y vigente.
Artículo 2º: Informe si se encuentra operativo el Registro D.A.M.A., indicando cantidad de personas incorporadas al mismo desde su creación hasta la actualidad.
Artículo 3°: Informe la cantidad de dispositivos de botón antipánico adquiridos por el Municipio desde la sanción de la Ordenanza N.º 4572/2012.
Artículo 4°: Informe la cantidad de dispositivos entregados, detallando cuántos se encuentran actualmente activos.
Artículo 5°: Informe si el Centro de Monitoreo Municipal cuenta con tecnología para el seguimiento y geolocalización de los dispositivos previstos por la ordenanza.
Artículo 6º: Informe la cantidad de activaciones registradas desde la puesta en funcionamiento del sistema, indicando intervenciones realizadas y organismos intervinientes.
Artículo 7°: Informe si existen protocolos de actuación vigentes entre el Municipio, la Policía de la Provincia de Buenos Aires, el Juzgado de Paz y demás organismos competentes.
Artículo 8°: Remítase copia de toda reglamentación, protocolo, instructivo o normativa complementaria vinculada a la implementación de la Ordenanza Municipal N.º 4572/2012.
Artículo 9°: De forma
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veinticinco días del mes de Junio del año dos mil veintiséis.
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