Minuta Nro. 2026/32

Puesta a consideración de los señores concejales en la sesión Ordinaria del veinticinco de Junio del corriente año, el proyecto de comunicación presentado por el  bloque La Libertad Avanza  – Solicitud informe sobre la Ordenanza Nº 4572/2012

Que el mencionado proyecto fue aprobado por unanimidad elevamos la siguiente:

Minuta de Comunicación del H.C.D. Nº 32/2026

Visto

La Ordenanza Municipal N.º 4572/2012, mediante la cual se creó en el Partido de Benito Juárez el Registro Dispositivo de Alerta para Mujeres Agredidas (Registro D.A.M.A.) y se estableció la implementación del sistema de botón antipánico destinado a víctimas de violencia; y

Considerando

Que han transcurrido más de trece años desde la sanción de la citada ordenanza.

Que resulta de interés para este Honorable Concejo Deliberante conocer el grado de implementación y funcionamiento de las herramientas de protección previstas en dicha normativa.

Que el acceso a información actualizada permitirá evaluar la eficacia de las políticas públicas locales destinadas a la prevención y asistencia de víctimas de violencia.

Artículo 1°: Solicítese al Departamento Ejecutivo informe si la Ordenanza Municipal N.º 4572/2012 se encuentra plenamente implementada y vigente.

Artículo 2º: Informe si se encuentra operativo el Registro D.A.M.A., indicando cantidad de personas incorporadas al mismo desde su creación hasta la actualidad.

Artículo 3°: Informe la cantidad de dispositivos de botón antipánico adquiridos por el Municipio desde la sanción de la Ordenanza N.º 4572/2012.

Artículo 4°: Informe la cantidad de dispositivos entregados, detallando cuántos se encuentran actualmente activos.

Artículo 5°: Informe si el Centro de Monitoreo Municipal cuenta con tecnología para el seguimiento y geolocalización de los dispositivos previstos por la ordenanza.

Artículo 6º: Informe la cantidad de activaciones registradas desde la puesta en funcionamiento del sistema, indicando intervenciones realizadas y organismos intervinientes.

Artículo 7°: Informe si existen protocolos de actuación vigentes entre el Municipio, la Policía de la Provincia de Buenos Aires, el Juzgado de Paz y demás organismos competentes.

Artículo 8°: Remítase copia de toda reglamentación, protocolo, instructivo o normativa complementaria vinculada a la implementación de la Ordenanza Municipal N.º 4572/2012.

Artículo 9°: De forma

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veinticinco días del mes de Junio del año dos mil veintiséis.