Benito Juárez, 24 de Julio de 2026.-
Puesta a consideración de los señores concejales en la sesión Ordinaria del veintitrés de Julio del corriente año, el proyecto de comunicación presentado por el bloque Fuerza Patria PJ- Rechazo a los Proyectos de reforma previsional y su impacto sobre el IPS (Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires).
Que el mencionado proyecto fue aprobado en general y en particular por mayoría, doce votos por la afirmativa de los bloques de Fuerza Patria-PJ, bloque Juárez Renace y bloque Poder Ciudadano y dos votos por la negativa del bloque La Libertad Avanza; elevamos la siguiente:
Minuta de Comunicación del H.C.D. Nº 43/2026
Visto
La preocupación generada ante los proyectos de reforma previsional a nivel nacional y su posible impacto sobre las trece cajas previsionales provinciales, entre ellas el Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires (IPS);
Y Considerando
Que el régimen previsional docente no constituye un privilegio sectorial, sino un régimen especial sustentado en la naturaleza penosa, riesgosa y de desgaste prematuro de la tarea educativa;
Que el ejercicio de la docencia implica una carga física, emocional y psíquica permanente, reconocida internacionalmente como una actividad de alto estrés laboral y desgaste profesional;
Que organismos internacionales como la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y la UNESCO han reconocido la especificidad de la tarea docente y la necesidad de garantizar condiciones previsionales acordes a dicha realidad;
Que el Convenio 128 de la OIT establece que las actividades consideradas penosas o insalubres deben contar con una reducción en la edad jubilatoria respecto de los regímenes ordinarios;
Que en la República Argentina el régimen docente nacional establecido por la Ley Nacional N° 24.016 y el régimen provincial administrado por el IPS reconocen la especificidad de la tarea educativa mediante requisitos jubilatorios diferenciados;
Que el régimen previsional docente de la Provincia de Buenos Aires se financia mediante mayores aportes personales, garantizando sustentabilidad y autonomía financiera;
Que el sistema previsional público, solidario y de reparto constituye una herramienta fundamental de justicia social y redistribución del ingreso; Que cualquier intento de elevar la edad jubilatoria, aumentar los años de servicio o reducir derechos previsionales impactaría negativamente en la salud de las y los trabajadores, así como también en la calidad educativa;
Que las reformas previsionales impulsadas en otras provincias no han solucionado los problemas estructurales de financiamiento y, por el contrario, han deteriorado las condiciones laborales y previsionales;
Que resulta indispensable sostener políticas públicas que fortalezcan el Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires y garanticen su continuidad como organismo autárquico y solidario;
Que el SUTEBA y la CTA de los Trabajadores vienen sosteniendo históricamente la defensa del sistema previsional público, solidario y de reparto, promoviendo el debate, la organización y la participación de las y los trabajadores en resguardo de los derechos previsionales conquistados
Que el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Benito Juárez, tiene la responsabilidad institucional de expresar su defensa de los derechos previsionales de las y los trabajadores bonaerenses;
Artículo 1°: El Honorable Concejo Deliberante de Benito Juárez expresa su firme y profundo rechazo a cualquier intento de reforma previsional que implique la pérdida de derechos adquiridos por las y los trabajadores docentes y estatales de la Provincia de Buenos Aires.
Artículo 2º: El Honorable Concejo Deliberante de Benito Juárez manifiesta el apoyo y defensa irrestricto del régimen previsional docente diferencial, tanto nacional como provincial, fundamentado en el desgaste prematuro, físico y psíquico, derivado del ejercicio de la actividad educativa.
Artículo 3°: El Honorable Concejo Deliberante de Benito Juárez manifiesta el interés público de la defensa del sistema previsional público, solidario y de reparto administrado por el Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires (IPS)
Artículo 4°: El Honorable Concejo Deliberante de Benito Juárez reafirma la necesidad que el Gobierno Nacional dé cumplimiento a las obligaciones establecidas en la normativa vigente respecto del financiamiento y sostenimiento de las cajas previsionales provinciales no transferidas.
Artículo 5°: El Honorable Concejo Deliberante de Benito Juárez expresa al Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, la importancia en la continuidad de políticas públicas destinadas al fortalecimiento financiero y administrativo del Instituto de Previsión Social, garantizando su carácter solidario, autónomo y sustentable.
Artículo 6°: Remítase copia de la presente al Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a ambas Cámaras de la Legislatura Provincial, al Honorable Congreso de la Nación, al Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires y a las organizaciones sindicales representativas del sector docente y estatal.
Artículo 7°: De Forma
Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintitrés días del mes de Julio del año dos mil veintiséis.
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